Leyes de Excepción: el PE busca previsibilidad en las finanzas hasta 2023

La administración de Manzur y Jaldo apunta a mantener, hasta el final de esta segunda gestión, una serie de herramientas que posibilitan a la Casa de Gobierno el sostenimiento de las cuentas públicas, tanto de los números propios como de los municipios y comunas. Algunas datan de la gestión de Julio Miranda.

Luis María Ruiz
Por Luis María Ruiz 30 Noviembre 2019

Será un mes de discusiones financieras en el Poder Legislativo. Por un lado, porque en diciembre se tratará el proyecto del Presupuesto 2020 para la Provincia. Por otro, porque el gobernador, Juan Manzur, aguarda la prórroga de una batería de leyes de emergencia y excepción destinadas a dar previsibilidad las finanzas públicas. La meta: blindar las cuentas del Estado provincial hasta 2023, precisamente cuando finaliza el mandato de Manzur y del vicegobernador, Osvaldo Jaldo.

En la última sesión, celebrada hace ocho días, los legisladores tuvieron una suerte de anticipo respecto a los debates económicos. En aquel encuentro se avaló el convenio entre el ministro de Economía, Eduardo Garvich, y los representantes del Banco Macro, agente oficial de la Provincia, para la obtención de un crédito por hasta $3.000 millones.

En el recinto, el presidente de la comisión de Hacienda de la Legislatura, Juan Antonio Ruiz Olivares, expuso que la necesidad de endeudamiento se sustentaba en la necesidad de garantizar el pago de los compromisos corrientes, como el pago de salarios. Y advirtió sobre el impacto de la “cláusula gatillo” en el erario, debido a los incrementos -atados a la inflación estimada por el Indec- cercanos al 50% en los ejercicios 2018 y 2019. “A pesar de la crisis de los cuatro años del Gobierno nacional, en la Provincia se pagaron los salarios en tiempo y forma”, aseveró Ruiz Olivares en aquella sesión.

Todo apunta a que los lineamientos de ese debate se mantendrán en las próximas sesiones -se espera que tengan lugar dos más antes de fin de año, que es cuando cierra el período ordinario de la Cámara-. Y, además del Presupuesto 2020, está en carpeta la batería de proyectos que envió el Ejecutivo -con la firma de Jaldo, quien estaba en ejercicio de la Gobernación por la misión de Manzur en los Estados Unidos- a la Legislatura. Las iniciativas apuntan a sostener la vigencia de cinco leyes de carácter financiero y administrativo, todas gestadas durante gestiones anteriores, como fueron las de José Alperovich (2003-2015) y de Julio Miranda (1999-2003).

Si bien todas tienen su relevancia, entre ellas se destaca la ley de Emergencia Económica. Esta norma resulta estructural para el erario de la Provincia. Entre otros puntos, porque dispone la inembargabilidad de las cuentas públicas en los tres niveles del Estado local (provincial, municipal y comunal), algo que pone “a salvo” los recursos presupuestarios de la Administración Pública ante eventuales sentencias judiciales que carezcan de decisión definitiva.

Emergencia Económica

Un “blindaje” legal para las cuentas del Estado provincial

El Gobierno provincial apunta a mantener el régimen de Emergencia Económica (ley 8.228), que se mantiene en vigencia, bajo distintas numeraciones, hace más de una década. La norma contiene tres medidas clave: la primera, dispone que las cuentas públicas de la Provincia, los municipios y las comunas son inembargables; la segunda, establece el “principio de previsibilidad de las finanzas del Estado”, por el cual se debe fijar en el Presupuesto el monto máximo anual previsto para el pago de deuda pública; y la tercera, la creación de un Registro de Acreedores, en el que se debe individualizar el origen y monto de la deuda, entre otros puntos.

Convenios Nacionales

Un régimen para atender posibles ejercicios deficitarios

Dentro de la batería de proyectos enviados por el PE aparece uno novedoso -es decir, no se trata de una prórroga-. Apunta a habilitar la firma de “convenios de financiamiento entre la Provincia y el Estado nacional, dentro del programa de financiamiento ordenado o de programas, que los sustituyan en el futuro para los ejercicios fiscales 2020, 2021, 2022 y 2023, y afectar en garantía de pago de intereses y amortizaciones del financiamiento que se obtenga, los recursos provenientes del régimen de coparticipación federal de impuestos y de libre disponibilidad de origen nacional”. Esto posibilitará herramientas de financiamiento para afrontar posibles ejercicios deficitarios.

Desarrollo del Interior

Un sistema alternativo para la distribución de un Fondo

El PE apunta a extender la ley 7.115, vigente desde 2001, que apunta a suspender un sistema de repartos del Fondo de Desarrollo del Interior (FDI), previstos en la ley 6.650, y a establecer un mecanismo alternativo en cuanto a la aplicación de los porcentajes para la distribución del FDI entre las comunas rurales. En rigor, indica que el total del Fondo de Desarrollo del Interior “será distribuido por la Secretaría de Estado de Hacienda entre las comunas rurales de la Provincia, conforme a las necesidades que surjan de comparar las planillas salariales líquidas más pensiones alimenticias y la coparticipación que le corresponde a cada una de ellas”.

Haberes de Estatales

Para mantener el 20% con sumas no remunerativas

En el marco de la emergencia económica que regía en 2000, durante el mirandismo, se sancionó la ley 7.007, que permanece vigente y el PE apunta a extender hasta 2023. Esta norma refiere al ya tradicional desembolso del 20% de los haberes estatales, y habilita el pago de las sumas por conceptos no remunerativos (libres de cargas sociales, como aportes jubilatorios) equivalente a dicho porcentual. Según la normativa, el mecanismo no se aplica entre aquellos agentes públicos de la Provincia (en los poderes del Estado, entes autárquicos y comunas rurales) que, por edad y antigüedad, estén a 10 años de pasar al sector pasivo.

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