Qué otros pasos deberán definirse en el Congreso

Qué otros pasos deberán definirse en el Congreso

Qué otros pasos deberán definirse en el Congreso FOTO ARCHIVO/ LA GACETA.
27 Enero 2019

En su paso por el Congreso, las Cámaras no pueden introducir enmiendas, agregados o supresiones al texto del Decreto de Necesidad y Urgencia sobre la extinción de dominio con el que se procura recuperar los bienes adquiridos por involucrados en corrupción, debiendo circunscribirse a la aceptación o rechazo de la norma mediante el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes. En caso de que venzan los plazos establecidos, las cámaras deben tratarlo y sólo si ambos cuerpos lo rechazan, el decreto sería inválido.

El proyecto de extinción de dominio fue aprobado en 2016 por Diputados y enviado al Senado que lo modificó en 2018 y le introdujo cambios, tras lo cual volvió a la cámara baja, donde no se avanzó debido a la falta de acuerdos entre los bloques.

Si bien el texto votado en Diputados permitía al fiscal, cuando se iniciaba la acción penal, comenzar el proceso para recuperar esos bienes, el aprobado en el Senado propuso que esa medida se tome en el fuero civil y cuando ya exista una condena de primera instancia.

Ahora y ante la demora del Congreso en aprobar esta herramienta, el Poder Ejecutivo decidió establecer por decreto el régimen de extinción de dominio que tiene por objetivo la recuperación de los bienes de la corrupción y el narcotráfico. (Télam)

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