Memorándum con Irán: reabren la denuncia de Nisman contra Cristina Fernández

Memorándum con Irán: reabren la denuncia de Nisman contra Cristina Fernández

Lo resolvió la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal. De esa forma, apartó al juez federal Daniel Rafecas.

Nisman había denunciado a la ex presidenta y otras personas de encubrimiento de los acusados. ARCHIVO. Nisman había denunciado a la ex presidenta y otras personas de encubrimiento de los acusados. ARCHIVO.
29 Diciembre 2016
La Cámara Federal de Casación Penal reabrió la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman contra la ex presidenta Cristina Fernández y otros imputados por supuesto encubrimiento de acusados del atentado a la AMIA, a raíz de la firma del memorándum con Irán.

Así lo definió la Sala I, integrada por los jueces Ana María Figueroa (presidenta), Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos. Este cuerpo hizo lugar al recurso de casación de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) -la tuvo por parte querellante- "revocó la resolución de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, dispuso que se sustancie la investigación y apartó a los jueces federales intervinientes por haberse expedido sobre el fondo del asunto y en garantía de imparcialidad”. De esa forma, apartó al juez federal Daniel Rafecas.

Según consignó la agencia de noticias del Poder Judicial (cij.gob.ar), “los hechos denunciados no permiten descartar de plano la posible comisión de ilícitos, debiendo ponderarse elementos de prueba previamente para su desestimación”.

El fallo de la Sala I indicó que la DAIA reprodujo la denuncia del fiscal Nisman, quien había solicitado la apertura de la investigación al juez federal oportunamente, para basar su hipótesis. “Estaría relacionada con una maniobra dirigida a reanudar las relaciones comerciales de nuestro país con Irán, a cambio de la impunidad de los imputados iraníes en la causa que investiga el atentado a la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) del 18 de julio de 1994”, explicó el fallo.


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