Cinco puntos en los que la obra de Alperovich Group transgrede el Código, según la Municipalidad

Cinco puntos en los que la obra de Alperovich Group transgrede el Código, según la Municipalidad

Los argumentos del municipio respecto a la edificación de la esquina de las avenidas Perón y Fanzolato.

LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA
10 Abril 2016
Son cinco los puntos en los que la obra de Alperovich Group, en la esquina de las avenidas Perón y Fanzolato, en Yerba Buena, habría transgredido el Código de Ordenamiento Urbano. Es lo que interpreta la Municipalidad en un informe:

- Uso del suelo: la Dirección de Planeamiento, a cargo de Ernesto Marchetti, considera que el emprendimiento debería cumplir con un coeficiente de Factor de Ocupación Total (FOT) de 0,5. Sin embargo, dicen que han verificado, por planimetría, que tiene 1,1. Eso significa que habrían construido más del doble de lo permitido.

- Retiros reglamentarios: el proyecto debería respetar un retiro mínimo de 15 metros desde la línea municipal a los límites del inmueble. “Esta situación no se está cumpliendo”, según el expediente.

- Alturas: según el informe municipal, las torres entran en conflicto en varios de sus puntos con la reglamentación de los 30°, que define en Yerba Buena el límite para las obras. “Por momentos, esta línea imaginaria atraviesa locales del proyecto”, se lee.

- Terraza: en el escrito se sostiene que las terrazas están por fuera de la máxima permitida. “La ordenanza especifica que la altura sólo podrá ser superada por tanques y chimeneas”, dice. En este caso -según el proyecto-, harían quinchos, piscinas, pérgolas, ascensores y baños.

- Subsuelo: “se aprecia un uso intensivo del suelo, alcanzando casi la totalidad del terreno disponible”, dice el documento.

- Densidad habitacional: los técnicos del área de Planeamiento calculan que, una vez que esté concluido el emprendimiento, habrá unas 226 personas por hectáreas. “Estaría permitida una densidad de solo 204 personas”.

El Código de Ordenamiento Urbano en Yerba Buena regula lo concerniente al planeamiento. Fue sancionado en 1994, y sus autores son los arquitectos Rolando Piñero y Máximo Cossio Etchecopar. La semana pasada, la Municipalidad inició un proceso de reforma de esa ordenanza, liderado por el urbanista colombiano Gustavo Restrepo. No obstante, sigue vigente. Y desde ese entonces hasta ahora, se le hicieron algunas modificaciones. Tiene cuatro capítulos:

- En el segundo apartado se hace referencia al Factor de Ocupación del Suelo (FOS), que establece la superficie máxima que debe ser ocupada con los usos establecidos, y al Factor de Ocupación Total (FOT), que fija la superficie máxima construible.

- En el tercer capítulo se especifica la zonificación del municipio. El edificio en cuestión se encuentra dentro de la denomina unidad ambiental siete. Con respecto a la altura máxima edificable, tiene que ser de seis metros a los seis metros de la línea municipal. Y puede aumentar seis metros más. Y en un ángulo de 30 grados podrá seguir creciendo.

- La denominada Teoría del Semáforo -también desarrollada en el Código- establece tres franjas zonificadas. Los colores adoptados (verde, amarillo y rojo) representan las posibilidades potenciales de cada área frente a los procesos de urbanización. Las primeras cuadras de la avenida Perón se encuentran dentro la zona verde, que es la más permisiva en cuanto a los rangos de densificación potencial. El proyecto de Alperovich Group prevé que en esas torres funcione una concesionaria de venta de automóviles, unos locales comerciales y departamentos familiares.

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