Es constitucional la obligación de aceptar el pago con “débito”

Un fallo judicial confirma una norma de la AFIP, tras un planteo de inconstitucionalidad Según la AFIP, se debe tener en cuenta que esta reglamentación es importante en la lucha contra la evasión

OPERACIONES COMERCIALES. La AFIP dispuso la obligatoriedad de aceptar el pago con tarjeta de débito. infonews.com
OPERACIONES COMERCIALES. La AFIP dispuso la obligatoriedad de aceptar el pago con tarjeta de débito. infonews.com
14 Julio 2015

BUENOS AIRES.- La Justicia Federal en Mar del Plata rechazó el pedido de inconstitucionalidad de la reglamentación dispuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que determina la obligatoriedad de aceptar el pago con tarjeta de débito para las operaciones comerciales.

Así lo informó ayer el organismo fiscal a través de un comunicado de prensa, en el que se indicó que el fallo judicial a favor de la AFIP consignó como constitucional la obligatoriedad de aceptar como una operación comercial el pago que se realicen con tarjeta de débito.

Según el fisco, el tribunal de primera instancia de Mar del Plata se apoyó así en un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) sobre un caso similar, donde el contribuyente que denunció la inconstitucionalidad de la norma -asegurando que ésta viola sus derechos-, no pudo probar en ningún caso que exista la más mínima lesión a dichos derechos.

Las autoridades del organismo de recaudación expresaron, además, que se debe tener en cuenta que esta reglamentación es importante en la lucha contra la evasión fiscal. “Al no aceptar tarjetas de débito se intenta llegar a la venta en efectivo que permite la no facturación y, por consiguiente, la evasión fiscal”, manifestó.

En su fallo, el Juzgado Federal de Mar del Plata aseguró que la AFIP tiene facultades delegadas para dictar las normas reglamentarias, de aplicación y de fiscalización del Decreto que, entre otros temas, crea el reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de las compras pagadas con tarjeta de débito.

“En este sentido, el tribunal deja en claro que la AFIP procede conforme a derecho cuando reglamenta la obligatoriedad del uso de tarjetas de débito para las operaciones comerciales”, remarcó la AFIP.

“Corresponde rechazar la impugnación de inconstitucionalidad de las resoluciones de la AFIP (dictadas en el marco de las facultades que emanan el artículo 32 de la Ley 11.683) que impusieron la obligación de adquirir los controladores fiscales, si los planteos configuran alegaciones abstractas sobre la supuesta violación del derecho de trabajar, de propiedad y de capacidad económica, sin que se haya aportado elemento probatorio concreto alguno sobre tales extremos, por lo que resultan agravios meramente conjetúrales”, dijo la sentencia.

La AFIP, junto con el Banco Central (BCRA), puso en práctica una resolución que obliga a los comercios a aplicar la venta con tarjetas de crédito o débito. La norma exigió aceptar tarjetas de acceso a cuentas de entidades financieras regidas por la Ley N° 21.526 y sus modificaciones -tarjeta de débito-, resultará aplicable para los sujetos alcanzados con o sin terminales electrónicas (POS) y “domicilio fiscal en localidades que, de acuerdo con los datos oficiales publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), posean más de 50.000 habitantes y de 5.000 a 50.000 habitantes, según las diferentes disposiciones legales de la entidad. (DyN-Télam-Especial)

Las limitaciones de los negocios locales

Alta presión fiscal y costo bancario, baja y hasta negativa rentabilidad. Estos son los factores que han impedido la incorporación de los comercios, en particular, los pequeños de la capital y el resto de la provincia, al régimen de pago electrónico y, por ende, la aceptación de la tarjeta de débito.

“Desde la Unión de Hoteles (UH) no tenemos maneras de exigir, aunque creemos que trabajar con el sistema de tarjeta de débito es muy útil. En lo personal, consideró que es un medio de venta importante, que posibilita mayor número de operaciones y un menor manejo de dinero en efectivo (ante las complicaciones de liquidación actuales)”, expresó Ernesto Gettar, titular de esa entidad, que representa también a los bares, confiterías y locales afines. Aclaró, en esa línea, que hay negocios chicos que tienen dificultades para utilizar este tipo de plástico.

En San Miguel de Tucumán, la recepción de la tarjeta de débito aún no es general en el sector gastronómico, a pesar de la obligatoriedad legal. “Está fuera de nuestro alcance (por la entidad) forzar la utilización de ese mecanismo. Pero es positivo el uso del Posnet”, insistió Gettar.

“La retención de la tarjeta es un limitante. La rentabilidad está deprimida en los sectores hotelería y gastronomía, en Tucumán. Mientras que la presión fiscal es muy alta. Todo ello hace que el ritmo de la actividad disminuya. El uso del Posnet (Postal Numeric Encording Technique) lleva a que el margen de contribución siga cayendo. Más chico es el negocio, más problemas tiene”, añadió el empresario, quien sumó al costo que implica la bancarización del comercio.

Gettar hizo hincapié en que la política fiscal en la Argentina tiene mayor incidencia en la actividad, respecto de las condiciones de otros países, como Brasil. “La presión tributaria es diferente y estamos trabajando con rentabilidad muy baja y, en muchos casos, negativa”, añadió. “El volumen de venta no se modificó sustancialmente. No es tan malo, pero cada vez cae más. No podemos trasladar esa situación a los precios. Apenas tocás los valores, se reducen las ventas”, enfatizó.

El presidente de la Cámara de Comercio de San Miguel de Tucumán, Raúl Fioretti, coincidió con la posición de su par de la Unión de Hoteles. “Es difícil, casi imposible que los comercios pequeños instalen Posnet. Es matar a un comerciante pequeño”, destacó el dirigente, además de remarcar las deficiencias del servicio electrónico.

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