El juez Poviña se desprende de la causa que implica a Cerisola

El juez Poviña se desprende de la causa que implica a Cerisola

El magistrado acumuló dos casos y dijo que el trámite debe seguir en el Juzgado N°1 El fiscal se había opuesto a la acumulación de expedientes aduciendo que esa decisión generaría un “retardo grave”

DEL NÚMERO 2 AL 1. Fernando Luis Poviña, juez federal N°2 (der.), transfirió a Daniel Bejas (izq.), juez federal N°1, el control de la causa “Sigen”.  la gaceta / foto de jorge olmos sgrosso (archivo) DEL NÚMERO 2 AL 1. Fernando Luis Poviña, juez federal N°2 (der.), transfirió a Daniel Bejas (izq.), juez federal N°1, el control de la causa “Sigen”. la gaceta / foto de jorge olmos sgrosso (archivo)
26 Junio 2014
No se sabe si alguna vez serán indagados el ex rector Juan Alberto Cerisola y otros ex funcionarios de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) por las irregularidades múltiples constatadas en la disposición de fondos públicos provenientes de Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio (YMAD). Pero sí sabe que esos actos procesales no tendrán lugar de inmediato. Y tal vez tampoco en el medio plazo. Sucede que Fernando Luis Poviña, juez federal N°2, se desprendió del asunto al disponer la acumulación de “Sigen”, la causa donde habían sido requeridas las indagatorias mencionadas, y de “Eudal”, expediente que aún no tiene imputados.

El magistrado dijo que, como el caso “Eudal” era más antiguo que el de “Sigen” (el primero fue iniciado el 13 de abril de 2010; el segundo, el 11 de marzo de 2013) correspondía que el trámite conexo de ambas investigaciones prosiga en el juzgado que había intervenido primero, es decir, en el Juzgado Federal N°1 que encabeza el juez Daniel Bejas.

El Ministerio Público Fiscal había dictaminado en contra de la resolución que Poviña dictó el 18 de junio pasado. El fiscal federal Carlos Brito dijo que los hechos no era coetáneos y que tampoco estaba clara la conexión entre los sujetos involucrados. “En el caso de que el juez entienda que procede la acumulación, se generaría un grave retardo en la presente causa (‘Sigen’), pues ya fue solicitada la indagatoria de distintos imputados. Entonces, adoptar la decisión (de la acumulación) atentaría contra el principio de celeridad procesal y la adecuada defensa en juicio”, añadió. El 6 de mayo pasado, el fiscal había requerido a Poviña que cite a prestar declaración indagatoria a Cerisola; Juan Carlos Reimundín, ex secretario administrativo; Olga Graciela Cudmani, directora de la Dirección General de Construcciones Universitarias; Horacio Alfredo Lobo, arquitecto e inspector de obra, y Osvaldo Venturino, director de Inversiones y Contrataciones.

Hipotética complejidad

En su sentencia, Poviña dio a entender que convenía sacrificar la prontitud en aras de evitar futuros planteos fundados en el principio de que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho (ne -o non- bis in idem, en latín). Al respecto, recordó que tanto en “Sigen” como en “Eudal” había en marcha una pesquisa por la presunta comisión del delito de administración fraudulenta. “En ambos casos (el fiscal) investiga las posibles irregularidades que se habrían cometido en la única y continuada gestión de Cerisola como rector de la UNT (2006-2014), y, más allá de la hipotética complejidad que puedan suponer las dos causas, no puede llevarse adelante la investigación de un solo hecho en forma separada (presunta administración fraudulenta, según la calificación del propio fiscal), pues, de esa manera, se estaría vulnerando el principio del ne bis in idem”, dijo el juez.

Poviña incluso expresó que inicialmente las supuestas irregularidades cometidas en la remodelación del local de la Acción Social de la UNT (Asunt) estaban siendo investigadas tanto en “Sigen” como en “Eudal” y que fue por decisión de Brito que el tema “Asunt” quedó en la órbita de la segunda pesquisa. Por último, citó al procesalista Francisco J. D’Albora, que considera que la reunión de todas las actuaciones en mismo proceso y en un único debate procura evitar pronunciamientos contradictorios.

La resolución de Poviña todavía no está firme, por ende en principio existen posibilidades de que la acumulación caiga (ver “El futuro del proceso”). Un escenario de triunfo para la unificación de “Sigen” y “Eudal” implicaría, en términos prácticos, postergar la definición sobre los pedidos de indagatoria hasta que la pesquisa de “Eudal” se ponga al día con las imputaciones.

La causa “Sigen” reconoce como origen la auditoría de la Sindicatura General de la Nación (de allí la sigla “Sigen”) que detectó una plaga de irregularidades en tres proyectos edilicios de 2011 que la UNT financió con fondos de YMAD: la construcción del complejo de aulas de la Facultad de Filosofía y Letras; la restauración y ampliación de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, y la remodelación del local de Asunt. Pero el requerimiento de indagatoria de Brito sólo tomaba en cuenta las imputaciones relativas a los proyectos de Derecho y Filosofía, puesto que pretendía tratar la cuestión “Asunt” en la causa “Eudal”.

Aquella pesquisa tiene como punto de partida la denuncia que formuló el ciudadano Ramón Eudal. El proceso en este caso abarca posibles anomalías en obras de la UNT correspondientes al período 2006-2009. Pero, además, el fiscal investiga si hubo sobreprecios en edificaciones nuevas, en obras de refacción y remodelación; violación de los límites legales y racionales para la contratación directa, por concurso privado de precios y de obras complementarias; inversión financiera fraudulenta mediante la colocación de fondos de la UNT a intereses; malversación de caudales públicos; infracción del debido proceso licitatorio y negociación incompatible con la función pública respecto de 86 proyectos de la Dirección General de Construcciones Universitarias.

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