La Corte suspendió la elección a gobernador en Santiago del Estero

La Corte suspendió la elección a gobernador en Santiago del Estero

Zamora no podrá ir por la "re-re". La decisión sacudió el escenario político. El fallo completo.

EN FAVOR DE ZAMORA. Simpatizantes del gobernador salieron a la calle a cuestionar la resolución judicial. GENTILEZA NUEVO DIARIO DE SANTIAGO EN FAVOR DE ZAMORA. Simpatizantes del gobernador salieron a la calle a cuestionar la resolución judicial. GENTILEZA NUEVO DIARIO DE SANTIAGO
23 Octubre 2013
BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó ayer la suspensión de las elecciones para gobernador y vice de Santiago del Estero, en las que el mandatario Gerardo Zamora buscaba la re-reelección. "La obligación de respetar y acatar el proyecto de República democrática que establece la Constitución Nacional pesa también sobre los partidos políticos, por su condición de instituciones fundamentales del sistema democrático", sostuvo la Corte en una resolución con duros términos.

El Superior Tribunal de Justicia de Santiago había concedido al gobernador esa posibilidad hace tres días. Ahora, la Corte nacional declaró su competencia originaria, hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la UCR santiagueña y, en consecuencia, suspendió la convocatoria de la elección de gobernador y vicegobernador de esa provincia, prevista para el domingo, junto con los comicios legislativos.

La Corte -con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda- también refutó los argumentos de la Procuradora General Laura Monti, quien decía que el máximo tribunal de Justicia del país no debía inmiscuirse en el tema porque era propio de la provincia.

El radical "K" Zamora -uno de los favoritos de la presidenta, Cristina Fernández- iba a buscar el domingo su tercer periodo consecutivo al frente de la provincia, en elecciones paralelas a las legislativas nacionales y locales. Esa decisión chocaba con el artículo 152 de la Constitución santiagueña, que establece que el gobernador y vice ejercerán sus funciones por cuatro años y que "si han sido reelegidos o se han sucedido recíprocamente, no podrán ser elegidos para ninguno de ambos cargos".

La Carta Magna de Santiago fue sancionada el 25 de noviembre de 2005, cuando Zamora ya transitaba su primer mandato. La jueza Civil y Comercial II, Andrea Suárez, declaró inconstitucional la norma y facilitó que el Tribunal Electoral oficializara la fórmula Zamora-Angel Niccolai.

Pero la UCR llegó a la Corte nacional, que hizo lugar a la cautelar hasta que "se dicte un pronunciamiento definitivo en la causa". Al examinar el planteo, el altotribunal señaló que la Constitución de Santiago debía ser interpretada en el sentido más obvio del entendimiento común.

Consideró que del artículo 152 y la disposición transitoria sexta se deriva sin dificultad alguna que la Constitución provincial establece la regla de una sola reelección consecutiva y aclara específicamente que el período 2005-2009, en el que el actual gobernador desempeñó el cargo, debe ser contabilizado como el primer mandato.

"Ante la claridad del texto constitucional", concluyó que cualquier otra interpretación resulta violatoria de la voluntad constituyente provincial. Así, destacó que la actuación de los poderes del Estado encuentra como límite el respeto a los principios, declaraciones, derechos y garantías reconocidos en la Constitución, y rechazó la posibilidad de acudir a la Justicia para interpretar de manera distinta el texto constitucional establecido por el pueblo santiagueño a través de sus representantes en 2005.

Luego, la Corte advirtió: "la historia política argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que -con menor o mayor envergadura y éxito- intentaron forzar -en algunos casos hasta hacerlos desaparecer- los principios republicanos que establece nuestra Constitución".

"Ese pasado debería desalentar ensayos que, como el que se examinaba en el caso, persiguen el único objetivo de otorgar cuatro años más en el ejercicio de la máxima magistratura provincial a quien ya llevaba ocho años interrumpidos en ella, desconociendo el texto constitucional, máxima expresión de la voluntad popular", añadió.

La Corte sostuvo que por ello, las conductas de los partidos políticos deben reflejar el más estricto apego al principio republicano de gobierno y evitar cualquier maniobra que, aun cuando pueda traer aparejado algún rédito en la contienda electoral, signifique desconocer las más elementales reglas constitucionales. (DyN)

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