29 Octubre 2003 Seguir en 
Tres mujeres fueron condenadas ayer por los miembros del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán por el delito de comercio de estupefacientes agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada. Al mismo tiempo fueron absueltos, por el beneficio de la duda, cuatro hombres, a pesar de que el fiscal de Cámara había opinado que había suficientes pruebas como para imputarlos.
La causa se había iniciado el 6 de enero de 2002, luego de que un llamado telefónico anónimo le advirtió a la Policía que en una casa del barrio Hipódromo varias personas se dedicaban al transporte de estupefacientes desde Bolivia y a su posterior comercialización. A lo largo de la investigación se realizaron escuchas telefónicas que, según el pedido de elevación a juicio de la causa, involucraban a los siete sospechosos. Así fueron arrestados, en distintos allanamientos, Jesús del Carmen Resumil, su hijo Ramón Reyes Monteros y su nieta Cecilia Soledad Graneros; además se detuvo a Claudio Enrique Cansino y a su esposa, María Angélica Mauromati; a Angel Ricardo Teri y a una menor de edad.
Durante la audiencia todos se negaron a declarar; sus respectivos defensores, además, se negaron a que se realice una pericia con la cual se podría comprobar si las voces grabadas por los investigadores eran las de ellos.
A la hora de los alegatos, el fiscal de Cámara Alfredo Terraf solicitó que Graneros fuera condenada a 7 años de prisión, y que el resto recibiera una pena de 6 años. Para Teri solicitó una condena de 2 años de prisión por tenencia simple de estupefacientes. El defensor oficial Ciro Lo Pinto, abogado de Graneros, de Mauromati, de Cansino y de la menor de edad, pidió que las dos primeras reciban condena pero por tenencia simple o para consumo. Roberto Flores, defensor de Monteros y de Resumil, solicitó que se los absolviera por la duda. Por su parte, Mario Mirra, defensor de Teri, solicitó su absolución.
Las penas
Los jueces Gabriel Eduardo Casas, Oscar Emilio Sarrulle y Carlos Jiménez Montilla, secretaría de Hugo César del Sueldo Padilla, llegaron a una decisión unánime. Condenaron a 6 años y 6 meses de prisión a Graneros y le dieron 6 años a Mauromati. Para esta última, además, se impuso una medida de seguridad curativa y desintoxicación, ya que por los informes que recibieron se trataría de una adicta. Finalmente decretaron la responsabilidad penal de la menor, además de ordenar su internación en el instituto Goretti. La menor ya fue juzgada en Jujuy, y también se confirmó su responsabilidad en el transporte de estupefacientes. En favor de los hombres que fueron absueltos jugó el hecho de que no se haya secuestrado droga en sus domicilios, a pesar de que en las grabaciones, según se informó, todos habrían mantenido conversaciones que los vinculaban a la causa.
La causa se había iniciado el 6 de enero de 2002, luego de que un llamado telefónico anónimo le advirtió a la Policía que en una casa del barrio Hipódromo varias personas se dedicaban al transporte de estupefacientes desde Bolivia y a su posterior comercialización. A lo largo de la investigación se realizaron escuchas telefónicas que, según el pedido de elevación a juicio de la causa, involucraban a los siete sospechosos. Así fueron arrestados, en distintos allanamientos, Jesús del Carmen Resumil, su hijo Ramón Reyes Monteros y su nieta Cecilia Soledad Graneros; además se detuvo a Claudio Enrique Cansino y a su esposa, María Angélica Mauromati; a Angel Ricardo Teri y a una menor de edad.
Durante la audiencia todos se negaron a declarar; sus respectivos defensores, además, se negaron a que se realice una pericia con la cual se podría comprobar si las voces grabadas por los investigadores eran las de ellos.
A la hora de los alegatos, el fiscal de Cámara Alfredo Terraf solicitó que Graneros fuera condenada a 7 años de prisión, y que el resto recibiera una pena de 6 años. Para Teri solicitó una condena de 2 años de prisión por tenencia simple de estupefacientes. El defensor oficial Ciro Lo Pinto, abogado de Graneros, de Mauromati, de Cansino y de la menor de edad, pidió que las dos primeras reciban condena pero por tenencia simple o para consumo. Roberto Flores, defensor de Monteros y de Resumil, solicitó que se los absolviera por la duda. Por su parte, Mario Mirra, defensor de Teri, solicitó su absolución.
Las penas
Los jueces Gabriel Eduardo Casas, Oscar Emilio Sarrulle y Carlos Jiménez Montilla, secretaría de Hugo César del Sueldo Padilla, llegaron a una decisión unánime. Condenaron a 6 años y 6 meses de prisión a Graneros y le dieron 6 años a Mauromati. Para esta última, además, se impuso una medida de seguridad curativa y desintoxicación, ya que por los informes que recibieron se trataría de una adicta. Finalmente decretaron la responsabilidad penal de la menor, además de ordenar su internación en el instituto Goretti. La menor ya fue juzgada en Jujuy, y también se confirmó su responsabilidad en el transporte de estupefacientes. En favor de los hombres que fueron absueltos jugó el hecho de que no se haya secuestrado droga en sus domicilios, a pesar de que en las grabaciones, según se informó, todos habrían mantenido conversaciones que los vinculaban a la causa.







