Nuevo revés judicial para el municipio tafinisto

Nuevo revés judicial para el municipio tafinisto

La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo se inclinó por mantener la cautelar que impide el derribo de la construcción. El intendente Jorge Yapura Astorga ratificó la orden de demolición en diciembre pasado. La edificación del establecimiento turístico había comenzado en 2008.

OBRA SIN TERMINAR. La estructura central del hotel tafinisto ya está levantada. La construcción está paralizada. LA GACETA / FOTO DE DIEGO ARAOZ OBRA SIN TERMINAR. La estructura central del hotel tafinisto ya está levantada. La construcción está paralizada. LA GACETA / FOTO DE DIEGO ARAOZ
09 Junio 2013
Si este juicio fuese un partido de fútbol, el equipo capitaneado por Jorge Yapura Astorga, intendente de Tafí del Valle, iría perdiendo dos a cero contra el conjunto que conduce Emilia "Lita" Gómez de Zermoglio, dueña del polémico -proyecto de- hotel Embajador del Tafí. El último "gol" favorable a los intereses de la empresaria entró en el arco de la Municipalidad este 29 de mayo pasado, cuando la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo decidió mantener la medida cautelar que en enero provisoriamente detuvo la demolición del edificio (a la sazón, primer tanto de los hoteleros).

El tribunal rechazó uno a uno los argumentos de la Municipalidad, que había dicho que "Lita" Zermoglio no estaba legitimada para acudir a la Justicia (Luis Jesús Zermoglio, hijo de la mujer, consta como titular del hotel en el expediente administrativo); que la suspensión de la orden de derribo menoscababa la autoridad municipal; que la sanción era justa, etcétera. "En el examen del recurso de revocatoria incoado se observa que ninguno de los argumentos vertidos por parte del Municipio aparecen como suficientes a los fines de enervar los fundamentos esbozados al conceder la medida cautelar a favor de la demandante", concluyeron los vocales de la Sala I, Salvador Ruiz y Horacio Castellanos. Los camaristas afirmaron que "Lita" Zermoglio es, junto a su hijo, poseedora del terreno donde está emplazada la obra, como consta en el boleto de compraventa agregado al expediente, y que esta circunstancia la habilita para ser parte en el juicio (el titular en los papeles, además, aprobó la presentación judicial de su madre). "Los recursos intentados por el Municipio accionado no logran debilitar el principal fundamento que esboza la cautelar concedida, cual es la existencia del 'periculum in mora' (peligro en la demora), que se configura ante la consideración de que la consumación de la intención de demoler la obra que evidencia el Municipio importaría, ante una hipotética resolución favorable a los actores, la ineficacia práctica de la sentencia a dictarse tornándola eventualmente ilusoria frente al perjuicio consumado", razonaron.

Como para aventar las dudas sobre la validez de este segundo "gol" de Zermoglio (su letrado es Francisco García Posse, presidente del Colegio de Abogados de la Capital), la Sala I insistió en que ese "periculum" o peligro era central y que el equipo de Yapura Astorga no estuvo ni cerca de refutarlo. Los camaristas añadieron: "asimismo, el recurso que se examina tampoco alcanza a rebatir el fundamento de la sentencia referido al grave perjuicio que la medida presenta para el particular y la ausencia -prima facie- de una grave afectación al interés público, máxime cuando en la especie no se configura el supuesto previsto en el inciso 1° del artículo 23 del Código Procesal Administrativo de Tucumán (estipula que no procede la suspensión de ejecutoriedad de los actos administrativos que tengan por objeto la clausura, demolición o destrucción de locales, construcciones, casas o instalaciones por razones de seguridad, salubridad, moralidad o higiene, y que se fundamenten en dictamen técnico y jurídico de órgano competente)". Castellanos y Ruiz subrayaron que la cautelar no modifica la situación de clausura en la que está la obra con la consecuente detención de su ejecución: "sólo mantiene el estatus quo de la situación".

Los Zermoglio son propietarios del hotel Embajador, ubicado en la calle Las Heras al 200 de esta capital. En 2008 empezaron a construir el establecimiento tafinisto en un terreno ubicado sobre la avenida Miguel Critto, en uno de los accesos de la principal villa turística de la provincia.

El proyecto de establecimiento de 40 habitaciones y cuatro estrellas fue autorizado por el Municipio en enero de aquel año. En 2010, el gobernador José Alperovich ordenó al entonces intendente oficialista Carlos Rodríguez que habilitase la construcción. Un año después, al regresar al Ejecutivo municipal, Yapura Astorga avaló una nueva clausura.

Aunque la Municipalidad formuló numerosas objeciones al Embajador del Tafí, la cuestión de la altura del edificio es el reproche esencial. Según el intendente, los muros alcanzan los 9,4 metros; es decir, tienen 3 metros más que los permitidos por la normativa (para preservar las vistas). Según "Lita" Zermoglio, la obra respeta el desnivel del terreno y una de sus tres plantas debe ser considerada como subsuelo.

En enero pasado y tras el dictado de la cautelar (la concedió Sergio Gandur, vocal de la Sala III de la Cámara Contenciosa), Yapura Astorga aseguró a LA GACETA que ganará este juicio y que estaba tranquilo porque la Municipalidad había procedido en todo momento conforme a Derecho. "No podía ser de otra forma porque yo soy un respetuoso de la ley. Nunca perdí un pleito (fue intendente tafinisto entre 1987 y 1995). Esta no va a ser la primera vez", desafió. "A él no le importan los papeles, sólo que el hotel no se haga", había recriminado antes "Lita" Zermoglio en una entrevista donde aseguró no recordar cuánto dinero llevaba invertido en el Embajador del Tafí, proyecto que originalmente planeaba inaugurar en 2009 y por el que terminó jugando un "partido" a todo o nada en los Tribunales.

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