La apresurada reforma de leyes

La Legislatura aprobó de manera autoritaria una serie de medidas exigidas por el futuro gobernador.

05 Octubre 2003
Dominio, imperio, facultad y jurisdicción que uno tiene para mandar o ejecutar una cosa. Acto o instrumento en que consta la facultad que uno da a otro para que en lugar suyo y representándole pueda ejecutar una cosa. Suprema potestad rectora y coactiva del Estado. En los totalitarismos, es la imposición de los sectores gobernantes a las masas. Estas son algunas definiciones de la palabra poder. La lucha por la dominación, por el poder, es una de las características del ser humano desde su origen. Para evitar los excesos de los gobernantes, se crearon instituciones de control. Pero estas, como los diferentes sistemas de gobierno, por ejemplo, la democracia, son abstracciones que en su formulación pueden ser perfectas, pero son los hombres quienes les dan vida o las matan, las enaltecen o las deshonran, siempre con la anuencia de la sociedad que es la que verdaderamente tiene el poder.
El viernes, la Legislatura tucumana, merced a la obediencia debida del sector oficialista, aprobó un paquete de normas que exigía el gobernador electo para poder iniciar su gestión con las manos libres. De ese modo, la facción que responde al partido gobernante aprobó sin miramientos y en forma autoritaria modificaciones de leyes que constituyen un virtual peligro para la independencia de los poderes. Sólo con 21 votos legislativos (antes eran 27) podrán intervenirse las municipalidades y las comunas rurales. Se modificó la ley 7.155 (dictada este año) y, en virtud de la enmienda, los titulares de los tres poderes del Estado podrán trasladar personal sin el consentimiento de los agentes afectados por las medidas. Eso significa que si alguien disiente o si resulta un escollo para los planes oficialistas, puede correr el riesgo de pasar de presidir la Biblioteca Nacional a transformarse bruscamente en inspector del Mercado de Abasto, como le sucedió a Jorge Luis Borges durante el gobierno de Juan Domingo Perón. Se cambia el sistema de ratificación de los decretos de necesidad y urgencia. Si la Cámara no los considera en 20 días, estos quedarán con vigencia definitiva. Se reforma la Ley Orgánica de Tribunales y el Código Procesal. Se recortan las funciones del ministro fiscal, quien ya no podrá sancionar a los fiscales ni distribuir las causas más importantes y sólo una de las siete salas de la Cámara Penal resolverá las apelaciones.
La poca seriedad con que fueron elaborados estos proyectos se advierte, por ejemplo, en la inusual celeridad con que fue considerada la iniciativa de modificación de la Ley Orgánica de Tribunales y del Código Procesal Penal por la Comisión de Legislación General. El primer proyecto sólo tiene nueve renglones; ingresó a la Legislatura el 30 de setiembre pasado y al día siguiente obtuvo dictamen favorable.
Se supone que una reforma debe surgir de un debate profundo en el que intervenga el propio Poder Judicial, el Colegio de Abogados y hasta sectores de la misma sociedad. Este apresuramiento no hace más que abrir nuevos interrogantes sobre el ya incierto destino de los tucumanos.
Las instituciones están, las leyes también. Si las primeras no funcionan como corresponde y a las segundas no se las aplica, es únicamente por negligencia o por incapacidad de quienes tienen la responsabilidad de dignificarlas con el cumplimiento de su deber y con su vocación de servicio.
Seguramente, el mandatario electo tiene las mejores intenciones de sacar a la provincia del estado de postración en que se halla. Pero la acumulación de poder no es saludable en ningún régimen de gobierno.
"Cambiar porque algo está mal, me parece bien; ahora, cambiar porque sí, porque no sabe adónde ir, puede resultar mortal", solía decir la famosa pedagoga musical francesa Nadia Boulanger. Sólo si los cambios sirven para erradicar la corrupción, garantizar las libertades individuales y la independencia de los poderes, generar trabajo y devolverle al pueblo la dignidad perdida, tendrán sentido.

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