06 Mayo 2012 Seguir en 
Los contribuyentes que adeudan boletas impositivas tendrán una buena y una mala noticia. La buena es que aquellos que inicien el trámite de facilidades de pago, particularmente de impuestos patrimoniales (Inmobiliario y Automotor), tendrán hasta 36 cuotas para saldar la obligación si es que antes no inició otro plan o no está en juicio. Y el régimen será automático, en el marco de las pautas establecidas en la Resolución 12/04 del Ministerio de Economía.
La mala noticia es para los morosos consuetudinarios: la Dirección General de Rentas ha reducido el plazo de pago. Así quedó establecido en la resolución general 48, firmada por el titular del organismo recaudador, Pablo Clavarino. "Se trata de una política que tiende a poner, en cierta medida, fin a aquellas conductas de morosidad permanente", explicó el funcionario a LA GACETA.
¿Cuáles son las excepciones formuladas en la resolución general? La norma, que entró en vigencia el miércoles último, establece las siguientes excepciones:
• Sobre el padrón inmobiliario o dominio automotor se registre facilidad de pago anterior no formalizada, en cuyo caso el otorgamiento de la nueva facilidad será automático hasta un máximo de 20 pagos parciales y hasta 24 pagos parciales si se registra facilidad de pago sobre la cual haya operado el instituto de la caducidad. En ambos supuestos -explica la resolución general- se debe acreditar la condición de pago con más los intereses resarcitorios, de corresponder, de las dos últimas cuotas vencidas a la fecha de presentación de la respectiva solicitud.
• El padrón inmobiliario o dominio automotor a regularizar involucre cuotas que se encuentren en proceso de trámite judicial de cobro, en cuyo caso el otorgamiento de la facilidad será automático hasta un máximo de 16 pagos parciales. Para este caso, debe acreditarse como condición el pago con más los intereses resarcitorios, de corresponder, de las cuatro últimas cuotas vencidas a la fecha de presentación de la respectiva solicitud.
El director de Rentas explica que si se trata de padrones y/o dominios cuyos titulares registrales, usufructuarios y poseedores a título de dueño sean contribuyentes y/o responsables obligados a utilizar exclusivamente el régimen especial establecido por la resolución de Rentas 160/11 (declaraciones juradas de Ingresos Brutos y Salud Pública), la excepción a la automaticidad a la cual se refiere el párrafo anterior, queda establecida en los siguientes términos:
• Para el supuesto del inciso 1, en hasta un máximo de 16 pagos parciales en los casos de facilidades de pago no formalizadas y de 20 pagos parciales de registrarse caducidad de facilidad de pago anterior .
• Para el caso del inciso 2, en hasta un máximo de 12 pagos parciales, quedando fijada la condición establecida en el pago de las seis últimas cuotas vencidas".
La mala noticia es para los morosos consuetudinarios: la Dirección General de Rentas ha reducido el plazo de pago. Así quedó establecido en la resolución general 48, firmada por el titular del organismo recaudador, Pablo Clavarino. "Se trata de una política que tiende a poner, en cierta medida, fin a aquellas conductas de morosidad permanente", explicó el funcionario a LA GACETA.
¿Cuáles son las excepciones formuladas en la resolución general? La norma, que entró en vigencia el miércoles último, establece las siguientes excepciones:
• Sobre el padrón inmobiliario o dominio automotor se registre facilidad de pago anterior no formalizada, en cuyo caso el otorgamiento de la nueva facilidad será automático hasta un máximo de 20 pagos parciales y hasta 24 pagos parciales si se registra facilidad de pago sobre la cual haya operado el instituto de la caducidad. En ambos supuestos -explica la resolución general- se debe acreditar la condición de pago con más los intereses resarcitorios, de corresponder, de las dos últimas cuotas vencidas a la fecha de presentación de la respectiva solicitud.
• El padrón inmobiliario o dominio automotor a regularizar involucre cuotas que se encuentren en proceso de trámite judicial de cobro, en cuyo caso el otorgamiento de la facilidad será automático hasta un máximo de 16 pagos parciales. Para este caso, debe acreditarse como condición el pago con más los intereses resarcitorios, de corresponder, de las cuatro últimas cuotas vencidas a la fecha de presentación de la respectiva solicitud.
El director de Rentas explica que si se trata de padrones y/o dominios cuyos titulares registrales, usufructuarios y poseedores a título de dueño sean contribuyentes y/o responsables obligados a utilizar exclusivamente el régimen especial establecido por la resolución de Rentas 160/11 (declaraciones juradas de Ingresos Brutos y Salud Pública), la excepción a la automaticidad a la cual se refiere el párrafo anterior, queda establecida en los siguientes términos:
• Para el supuesto del inciso 1, en hasta un máximo de 16 pagos parciales en los casos de facilidades de pago no formalizadas y de 20 pagos parciales de registrarse caducidad de facilidad de pago anterior .
• Para el caso del inciso 2, en hasta un máximo de 12 pagos parciales, quedando fijada la condición establecida en el pago de las seis últimas cuotas vencidas".







