Desde hoy, jubilados podrán acceder a una cuenta gratuita

Desde hoy, jubilados podrán acceder a una cuenta gratuita

La medida abarca a beneficiarios de planes

20 Octubre 2011
BUENOS AIRES.- Los jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales podrán desde hoy acceder a una cuenta bancaria gratuita, que incluirá una tarjeta de débito, para poder percibir sus remuneraciones, sin costo alguno ni pago de comisión. Así lo dispuso ayer el Banco Central al dictar la reglamentación de la Ley 26.704, la cual establece que podrán pagarse prestaciones a través de estas cuentas, que también abarcará a los empleados no comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, como personal doméstico y trabajadores rurales. La comunicación "A" 5231 fija las características particulares de esta nueva "Cuenta sueldo/de la seguridad social".

A través de esta cuenta, se podrá extraer dinero de todos los cajeros automáticos habilitados en el país de cualquier entidad, sin límites de importe ni de cantidad de extracciones, ni distinción alguna entre clientes y no clientes. "Esto último apunta a que las entidades financieras no apliquen ningún tipo de restricción para la extracción de fondos de estas cuentas, aún cuando sea realizada por titulares que no sean clientes de la entidad en la cual se encuentra el cajero automático y/o corresponda a una tarjeta de débito que opera con otra red de cajeros", explicó el Central.

La cuenta permitirá la acreditación de las remuneraciones normales y habituales y otros conceptos derivados de la relación laboral, incluyendo los importes correspondientes a las asignaciones familiares. También se aplicará el mismo criterio a los haberes o prestaciones de la seguridad social del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a las pensiones no contributivas, las prestaciones dinerarias por incapacidad derivadas de la Ley de Riesgos del Trabajo y los beneficios correspondientes a planes de ayuda social.

La reglamentación estipula que las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por la apertura de las cuentas, su mantenimiento, movimientos de fondos y consulta de saldos, aún los que se verifiquen por el uso de cajeros automáticos de distintas entidades o redes del país. En esos términos también se modificó la "Caja de ahorros para el pago de la asignación universal por hijo para protección social" para comprender otros planes de ayuda social implementados por el Gobierno.

La ley 26.704 fue sancionada el 5 de septiembre, promulgada el 5 de este mes y hoy entra en vigencia. La norma establece que las remuneraciones percibidas por los trabajadores a los que no les es aplicable el Régimen de Contrato de Trabajo, podrán pagarse mediante su acreditación en una "Cuenta sueldo" abierta en una entidad a nombre de aquellos, sin límite de extracciones de dinero en efectivo ni costo alguno para el trabajador en cuanto a su apertura, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario. (NA)

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