26 Agosto 2010 Seguir en 
Se suele decir y declamar con frecuencia que los niños son el futuro de un país. En las sociedades con aspiraciones al desarrollo hay a menudo asignaturas sociales pendientes con ellos. Basta ver diariamente chicos mendicantes, trabajando como limpiavidrios en el sector semaforizado de las avenidas, durmiendo en el piso, en las plazas para darse cuenta de cuán humana es una sociedad.
La ley nacional Nº 26026 fue promulgada el 21/10/2005. La iniciativa tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte. Se indica que la omisión en la observancia de los deberes que corresponden a los órganos gubernamentales del Estado habilita a todo ciudadano a interponer las acciones administrativas y judiciales a fin de restaurar el ejercicio y goce de tales derechos, a través de medidas expeditas y eficaces. En su artículo segundo prescribe que la Convención sobre los Derechos del Niño es de aplicación obligatoria en las condiciones de su vigencia, en todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que se adopte respecto de las personas hasta los dieciocho años de edad. Las chicos tienen derecho a ser oídos y atendidos cualquiera sea la forma en que se manifiesten, en todos los ámbitos.
Sin duda, se trató de un paso significativo. La norma nacional 10.903 (de 1919) de Patronato de Menores o "Ley Agote" (Ley 10.903 de 1919), primera ley de minoridad de América Latina, consolidó la intervención del Estado en la vida de los niños pobres y se mantuvo hasta 2005, y hasta la actualidad en Tucumán. La norma otorgaba facultades a los jueces para disponer arbitrariamente de cualquier niño que hubiera cometido o sido víctima de una contravención o delito, o se hallara material o moralmente abandonado, para entregarlo a "una persona honesta, o a un establecimiento de beneficencia privado o público, o a un reformatorio público de menores. El sistema de patronato entró en contradicción con la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), incorporada a la Constitución Nacional en 1994. La Convención prescribe que el Estado, a través de políticas públicas, debe ser el garante de los derechos humanos de los niños. Este instrumento internacional deja en claro que la situación socioeconómica nunca puede dar lugar a la separación del niño de su familia y obliga a los organismos del Estado a escuchar al niño y a sus padres para incluir al grupo familiar en programas de apoyo de salud, vivienda y educación.
Actualmente viven alrededor de 200 chicos en los doce institutos de la provincia, desde recién nacidos hasta los 18 años. En estos años se ha ido avanzado en esta materia. Una década atrás, sólo el instituto Eva Perón, para varones de entre seis y 12 años, albergaba a 150 niños. Se estima en los organismos gubernamentales que cada vez habrá menos menores en conflicto con la ley en la medida en que se busquen alternativas para que queden con su familia.
Por lo pronto, en el instituto Roca, donde hay alojados 40 adolescentes, se está impulsando con un programa socio educativo que consiste en nombrar un tutor acompañante al niño, que le da contención. Se trabaja con la familia y se prepara al chico para reintegrarse al sistema.
Creemos que si se reglamenta rápidamente esta ley y se la pone en marcha se estará contribuyendo a la salud mental y afectiva de los niños que necesitan la contención del prójimo para crecer. Hay que pensar entonces que los niños son el presente, no el futuro de un país.
La ley nacional Nº 26026 fue promulgada el 21/10/2005. La iniciativa tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte. Se indica que la omisión en la observancia de los deberes que corresponden a los órganos gubernamentales del Estado habilita a todo ciudadano a interponer las acciones administrativas y judiciales a fin de restaurar el ejercicio y goce de tales derechos, a través de medidas expeditas y eficaces. En su artículo segundo prescribe que la Convención sobre los Derechos del Niño es de aplicación obligatoria en las condiciones de su vigencia, en todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que se adopte respecto de las personas hasta los dieciocho años de edad. Las chicos tienen derecho a ser oídos y atendidos cualquiera sea la forma en que se manifiesten, en todos los ámbitos.
Sin duda, se trató de un paso significativo. La norma nacional 10.903 (de 1919) de Patronato de Menores o "Ley Agote" (Ley 10.903 de 1919), primera ley de minoridad de América Latina, consolidó la intervención del Estado en la vida de los niños pobres y se mantuvo hasta 2005, y hasta la actualidad en Tucumán. La norma otorgaba facultades a los jueces para disponer arbitrariamente de cualquier niño que hubiera cometido o sido víctima de una contravención o delito, o se hallara material o moralmente abandonado, para entregarlo a "una persona honesta, o a un establecimiento de beneficencia privado o público, o a un reformatorio público de menores. El sistema de patronato entró en contradicción con la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), incorporada a la Constitución Nacional en 1994. La Convención prescribe que el Estado, a través de políticas públicas, debe ser el garante de los derechos humanos de los niños. Este instrumento internacional deja en claro que la situación socioeconómica nunca puede dar lugar a la separación del niño de su familia y obliga a los organismos del Estado a escuchar al niño y a sus padres para incluir al grupo familiar en programas de apoyo de salud, vivienda y educación.
Actualmente viven alrededor de 200 chicos en los doce institutos de la provincia, desde recién nacidos hasta los 18 años. En estos años se ha ido avanzado en esta materia. Una década atrás, sólo el instituto Eva Perón, para varones de entre seis y 12 años, albergaba a 150 niños. Se estima en los organismos gubernamentales que cada vez habrá menos menores en conflicto con la ley en la medida en que se busquen alternativas para que queden con su familia.
Por lo pronto, en el instituto Roca, donde hay alojados 40 adolescentes, se está impulsando con un programa socio educativo que consiste en nombrar un tutor acompañante al niño, que le da contención. Se trabaja con la familia y se prepara al chico para reintegrarse al sistema.
Creemos que si se reglamenta rápidamente esta ley y se la pone en marcha se estará contribuyendo a la salud mental y afectiva de los niños que necesitan la contención del prójimo para crecer. Hay que pensar entonces que los niños son el presente, no el futuro de un país.







