El control de la excavación de cimientos

16 Agosto 2010
Hace pocos días, en la ciudad de Buenos Aires, se derrumbó un gimnasio que dejó como saldo once heridos, dos muertos y un desaparecido. Ante la tragedia, surgió una fuerte controversia en la que participaron Mauricio Macri, políticos, funcionarios nacionales, dirigentes del gremio de la construcción y el ingeniero que tenía a su cargo de la obra lindera al edificio que se cayó. 
Se responsabilizó al constructor por haber iniciado las tareas de remoción con una retroexcavadora el mismo día en que se produjo el derrumbe, sin respetar los planos que habían sido aprobados y sin realizar el apuntalamiento, según dijo Macri. Ya había antecedentes respecto de este profesional. En 2006 al ingeniero le habían suspendido su matrícula por una falla en una obra que realizaba a pocas cuadras del gimnasio que se desplomó. Sin embargo, la Defensoría del Pueblo de la ciudad y la Unión Obrera de la Construcción adjudicaron parte de la responsabilidad al Gobierno porteño no haber sido más riguroso en el control de la obra.
En Tucumán sucedió una tragedia similar en marzo de 2007. La caída de un muro mató a los tres obreros que excavaban el suelo de un predio ubicado en la calle General Paz 964. Los familiares de las víctimas denunciaron en la ocasión a la constructora por no cumplir las condiciones de seguridad y de haber continuado los trabajos pese a que los albañiles habían advertido el peligro.
Al parecer, en San Miguel de Tucumán, según informó el Colegio de Ingenieros Civiles, no es obligatorio presentar el estudio del procedimiento que el proyectista de una obra privada empleará para efectuar las excavaciones de los recintos de fundación, las entibaciones (un tipo de estructura de contención provisional muy flexible) o apuntalamientos que garanticen la seguridad de la obra y la estructura de submuración de las paredes medianeras existentes. Ese vacío reglamentario alimenta la irresponsabilidad de los constructores y subcontratistas y aumenta los riesgos para la población.
En febrero pasado, luego de un fuerte temblor, la entidad profesional dijo que la Dirección de Catastro municipal hacía una verificación superficial de los cálculos de estructuras. La repartición contestó que el Manual de Procedimientos libera de responsabilidad a la Municipalidad sobre la corrección del cálculo de las estructuras e instalaciones. No tuvo en cuenta, al parecer, que en 2007, la ley provincial 7.869 había renovado la adhesión al reglamento Inpres-Cirsoc 103 que describe las características que deben reunir las obras civiles para resistir un sismo y delegó el control y poder de policía en los municipios y en la Secretaría de Obras Públicas en el caso de las comunas.
En junio pasado, la Municipalidad capitalina dio a conocer un informe en el que se señala que el 58 % de las edificaciones en altura han cometido alguna falta al Código de Planeamiento Urbano. La violación de la ley y la falta de control municipal, llevó en 2007 al Concejo Deliberante a aprobar mediante ordenanza una excepción masiva para unas 500 construcciones irregulares. 
Estas situaciones llevan incertidumbre y temor a la población porque si las violaciones a las normas son tantas, no se sabe si un edificio es seguro para vivir, si ha sido construido con los materiales adecuados, si han seguido los pasos correctos y si los controles han sido rigurosos. Los más afectados suelen ser, en estos casos, los vecinos colindantes por los daños que pueden sufrir sus viviendas (grietas, roturas de cañería, desprendimientos de cielo raso o de revoque). Los funcionarios y constructores deben tener en claro que no se trata sólo de un negocio inmobiliario, sino de velar por las vidas que en un futuro habitarán una propiedad.

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