Reducen la pena del enfermero del caso Múkdise

Miguel Villafañe, quien inicialmente debía cumplir 10 años de prisión, fue condenado ahora a tres años por un planteo de sus defensores. Homicidio culposo.

INSUFICIENTE. la familia Villafañe espera que el enfermero resulte absuelto, por lo que seguirá dando batalla en la Justicia.
INSUFICIENTE. la familia Villafañe espera que el enfermero resulte absuelto, por lo que seguirá dando batalla en la Justicia.
27 Abril 2003
La Corte Suprema resolvió modificar la sentencia en contra de Miguel Villafañe, el enfermero condenado por la muerte de la paciente psiquiátrica Norma Múkdise. El tribunal había decidido que purgue una pena de 10 años por homicidio por omisión, y ante los planteos de la defensa, el máximo órgano de la Justicia resolvió modificar la tipificación a homicidio culposo y fijó la pena en tres años de prisión.
Norma murió en marzo de 1996, con severas quemaduras en todo el cuerpo. Antes, había sido violada en la clínica Psiquiátrica del Norte. La Justicia acusó a Villafañe y al preceptor Jorge Small. Inicialmente se los acusó por homicidio agravado. Se consideró que ellos la habían violado y atado a la cama para luego incendiar su habitación.
Al juicio, que se desarrolló en setiembre de 2001, llegaron acusados de homicidio por omisión, al estimarse que no habían hecho lo suficiente para salvar a Norma del incendio. El cambio obedeció a que las pericias genéticas demostraron que no fueron ellos los abusadores, y a que no había testigos directos o pruebas concluyentes sobre su participación en el incendio.
Pero cuando en el juicio habían declarado ya los 93 testigos y se había valorado la enorme cantidad de pruebas, se dio vuelta la tortilla otra vez.

Otro cambio
La fiscal Juana Prieto de Sólimo pidió el cambio de calificación, acusando a Villafañe y a Small por homicidio agravado (la imputación inicial). Ella pidió que ambos fueran condenados a prisión perpetua. Los abogados Emilio Mrad, y Virginia Duffy, representantes de la familia Múkdise, apoyaron esa posición.
Los defensores de Villafañe, José Luis Huici Estrebou y Carlos Caramuti, e Italo Alvarez Prado, de Small, pidieron que sean absueltos por considerar que no había ningún elemento que permitiera concluir que la habían violado o matado.
Los jueces Emilio Páez de la Torre, César Vera y Emilio Gnessi Lippi, condenaron a Villafañe a 10 años por homicidio por omisión, y absolvieron a Small.
Los defensores del enfermero, entonces, plantearon un recurso de casación, que fue aceptado parcialmete por la Corte, en un fallo emitido el lunes pasado.
Caramuti y Huici Estrebou argumentaron que el cambio de calificación durante el juicio había coartado el derecho de defensa. También dijeron que de ninguna manera podía considerarse que Villafañe había omitido su deber de salvar a Norma, puesto que no estaba en el primer piso y desconocía que se había originado un incendio.
La Corte, con las firmas de Alberto Brito, Héctor Area Maidana y René Goane, aceptaron esos fundamentos y aplicaron la nueva pena de 3 años de prisión efectiva por homicidio culposo (sin intención).

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