Con sólo 13 afiliados se puede crear un partido en Burruyacu

Cinco municipios tienen menos requisitos para inscribir una fuerza que siete comunas. La Ley 5.454 exige que los interesados reúnan las afiliaciones del cuatro por 1.000 de votantes del distrito en que actuarán.

FACILIDADES. Por ser el municipio menos poblado, en Burruyacu no es un dolor de cabeza crear un partido. LA GACETA / ANALIA JARAMILLO
FACILIDADES. Por ser el municipio menos poblado, en Burruyacu no es un dolor de cabeza crear un partido. LA GACETA / ANALIA JARAMILLO
El mapa político y territorial de Tucumán es tan vetusto que permite la paradoja de que en algunos municipiossea más fácil crear un partido que en ciertas comunas.

Ayer, LA GACETA dio cuenta de que en seis delegaciones rurales puede contituirse una fuerza política con apenas dos afiliados. Esto sucede porque la Ley 5.454 (de Partidos Políticos) exige a los interesados afiliar al 4 por 1.000 de los votantes del ejido urbano en el que se desempeñen. Como los partidos municipales se encuentran un escalón por encima de los comunales, es de suponerse que debe demandar más esfuerzo inscribir una estructura con este alcance. Pero los hechos demuestran que no necesariamente es así.

Según un informe de la Junta Electoral Provincial (JEP) al que accedió este medio, es más sencillo obtener la personería jurídica en Burruyacu que en 21 comunas rurales. De hecho, esa ciudad del este tucumano está catalogada como municipio de tercera categoría, según la Ley Orgánica de Municipalidades (5.529). Por tanto, cuenta con intendente y seis concejales. Sin embargo, tiene menos electores (3.199) que dos poblados del mismo departamento: El Chañar (4.065) y La Ramada y La Cruz (4.094). En estas comunas, se requieren 16 afiliaciones para crear un partido; en Burruyacu, apenas 13 fichas.

Pardójicamente, entre sus atribuciones, los partidos municipales pueden promover candidaturas de intendentes y de concejales, así como también la de delegados rurales de comunas que se encuentren en el mismo departamento. Las fuerzas comunales, en tanto, sólo están facultadas para presentar postulantes a comisionado rural.

El de Burruyacu no es un caso aislado. En rigor, en otras cuatro ciudades del interior se deben presentar menos fichas afiliatorias que, por ejemplo, en las comunas de El Manantial (37), Santa Ana (35), Ranchillos (34), Cebil Redondo (32), San Pablo (31), Los Ralos (27) y Delfín Gallo (24). Estos poblados, como resultado, superan en exigencias electorales a las municipalidades de Burruyacu, de Graneros (18), de Tafí del Valle (18), de Trancas (19) y de La Cocha (23).

La situación es tan particular que El Manantial, por ejemplo, aún figura caratulada como comuna de segunda categoría, pero tiene más votantes (9.307) que los cinco municipios de tercera categoría y que uno de segunda categoría: Simoca (6.567).

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