La oposición evalúa si presenta una misma lista en dos boletas

El plazo para inscribir alianzas en la Justicia Electoral Federal vencerá el martes y se complica un acuerdo posterior entre los principales sectores.

26 Abril 2009
 La consigna es agotar todas las opciones, en el más amplio sentido. Por ello, Fernando Juri y José Cano (y sus respectivos asesores) analizan alternativas en caso de que no logren un acuerdo hasta el martes, día tope para anotar alianzas en la Justicia Federal Electoral.
Ante las crecientes dificultades del radical para encolumnar a su partido y a sus aliados de centro-izquierda, se evaluó que cada sector se inscriba por separado, pero que sigan abiertos los contactos para unificar fuerzas. Por un lado estaría el Frente Cívico (UCR, Democracia Cristiana, socialismo, Coalición Cívica, cobismo y demás expresiones) y, por el otro, los juristas (Movimiento Productivo Argentino, Recrear, Partido Autónomo de Tucumán, Cruzada Peronista, MP3 y Ciudadanos Contra la Corrupción, entre otras). Cubierta esa exigencia, se volvería a la carga para acordar listas y estrategias. Pero el panorama se complicaría.
Una idea que impulsan los que buscan la gran alianza opositora es que el 28 de junio se lleve una sola lista. Para ello, un frente debería desertar de presentar boletas. Pero como las inscripciones de los frentes incluyen los porcentajes de distribución de los fondos nacionales que se entreguen por voto recibido, el partido que no aparezca en las urnas no cobrará nada. Además, quedaría registrada su ausencia como antecedente (si hay reiteración, podría perder la personería).

Sentencia en contra
Se evalúa también que cada frente participe con su propia boleta e identidad, pero con una misma lista de candidatos impresa en los votos. La expectativa es lograr que se sumen los sufragios obtenidos por cada expresión a favor de los postulantes comunes.
Los antecedentes de la Cámara Electoral Nacional (CEN) no son favorables a esta propuesta en la categoría de senador nacional, aunque sí en la de diputado. Mientras que en este caso se elige a un representante del pueblo (se sumarían todos los votos emitidos a su nombre, en cualquier papeleta); en el Senado ingresan los postulantes de los partidos: dos por la mayoría y el tercero, por la primera minoría. Por ello, no se pueden acumular sufragios de dos agrupaciones, aunque lleven el mismo candidato.
Este criterio fue definido por la CEN en su fallo 2.984 de 2001, cuando confrontaron por una senaduría en Capital Federal el socialista Alfredo Bravo y el peronista Gustavo Béliz. El ex ministro fue consagrado por la minoría al no admitir la acumulación de votos en dos boletas que postulaban a Bravo. La sentencia, firmada por Rodolfo Munné, Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera, destaca que los artículos 54 de la Constitución Nacional y 157 del Código Electoral Nacional hablan de partidos o alianzas y no de candidatos.
"La costumbre de sumar votos cuando varios partidos oficializan nóminas de candidatos idénticas (...) debía ceder ante una norma expresa que estableciera lo contrario. Solo cabe reputar alianzas a aquellas reconocidas por el juez (...). Si se han oficializado dos boletas con diferente número de identificación y otras distinciones partidarias (...) ellas no representaban opciones políticas idénticas, aunque la nómina de representantes fuera la misma", se dijo en el fallo.

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