Bussi tiene que estar presente para que pueda ser juzgado

Bussi tiene que estar presente para que pueda ser juzgado

No es posible el dictado de una sentencia en ausencia del imputado.

06 Agosto 2008
En el sistema de enjuiciamiento penal argentino no es posible que una persona sea juzgada en su ausencia o contumacia. Por ende, si Antonio Bussi no estuviera en condiciones físicas de afrontar esta instancia en estos momentos, habría que fijar nueva fecha para que el juicio oral -en relación sólo con él o también con Luciano Benjamín Menéndez- pudiera concretarse.
La presencia del imputado es insustituible en la primera audiencia en la que se da por abierto el debate (luego puede seguirlo en una sala contigua), porque está en juego su defensa material. Por eso, ayer, Gabriel Casas, vocal del Tribunal Oral en lo Criminal Federal que conducirá esta etapa, advirtió a Bussi y a Menéndez que debían estar atentos a lo que iban a oír.
Seguidamente, empezó la lectura de la acusación que pesa contra los militares retirados; esto es, el requerimiento de elevación a juicio de la causa, que formuló contra ellos el fiscal federal Emilio Ferrer. Luego estaba previsto que se leyera la resolución por medio de la cual Daniel Bejas, a cargo del Juzgado Federal Nº 1, hizo lugar al pedido de Ferrer. Esto es fundamental para que los imputados puedan ejercer el derecho de defensa. Pero este imprescindible acto procesal se frustró ayer como consecuencia de la indisposición que adujo el ex gobernador.

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