20 Febrero 2008 Seguir en 
Mediante un decreto, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso un aumento para todas las jubilaciones y pensiones del 15%, repartidos en dos incrementos iguales de 7,5% desde marzo y julio, respectivamente. La finalidad de esa decisión, se dijo oficialmente, es recomponer el poder adquisitivo de la clase pasiva, acaso el sector más afectado por la inflación, si bien no alcanza ni para cumplir con los índices que difunde el Indec.
El anuncio se produjo sin mención o anticipo alguno relacionado con el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de mediados del 2006 donde se solicitó al Gobierno remitir al Congreso un proyecto de movilidad jubilatoria en concordancia con el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Cabe agregar por lo demás que en la Ley de Presupuesto vigente se recomendó al PE que, finalizado el período de opción, vencido en diciembre de 2007, elévase un proyecto de ley referido a la movilidad de las prestaciones jubilatorias.
Sin embargo, haciendo caso omiso de ese contexto institucional, el Gobierno adoptó la decisión consignada, muy alejada de sus eslóganes sobre la política de integración social y bastante más próxima a una concepción económica conservadora, mas no, por cierto, de las prescripciones constitucionales.
En esta oportunidad tampoco se respetó el principio ético que debe establecer diferencias entre beneficiarios que aportaron regularmente durante toda su actividad laboral y quienes no lo hicieron pero han sido incorporados al sistema jubilatorio sin haber estado inscritos. Criterio que responde mejor a intereses políticos del poder público que al de igualdad de derechos constitucionales. Si la Presidenta resolviera disponer y remitir al Congreso un sistema de movilidad de haberes previsionales ello no ocurría antes de mediados de año, lo cual sí podría ser herramienta proselitista para la campaña electoral que debe preceder a las elecciones legislativas de 2009. Entretanto, la canasta básica establecida por el cuestionado Indec supera largamente la jubilación mínima que se ubicará en julio en $ 689.
Los aumentos decretados no se corresponden por otra parte con el nivel general conocido hasta el momento de demandas salariales, mientras el ministro de Trabajo, Carlos Tomada y el secretario General de la CGT, Hugo Moyano, de pública identificación con el gobierno, afirman que no hay topes para el debate de paritarias. También el titular de Economía, Martín Lousteau ha considerado que no debe ponerse límites.
Presentar el incremento jubilatorio como lo ha hecho el titular de Trabajo, sumando todos los aumentos desde la gestión del actual Gobierno sin la realidad inflacionaria cuyo disfraz estadístico ha provocado un alto grado de desconfianza, ha sido cuanto menos un error, si no una falacia. Sin duda, ello es posible por la incapacidad para la movilización de la clase pasiva, como lo hacen los docentes, los transportistas encabezados por la familia Moyano o tantos otros gremios con una concepción muy diferente de la declamada integración social.
Pero más grave aún que la realidad descripta es la reincidencia de una gestión pública que se caracteriza por el oportunismo en el respeto a la Constitución. Tan sólo ocasional y no en el caso de la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses), cuyos fondos se acaban de acrecentar por los traspasos de afiliaciones de administradoras privadas, pero se usan para otros fines cuando el poder político lo demanda.
El anuncio se produjo sin mención o anticipo alguno relacionado con el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de mediados del 2006 donde se solicitó al Gobierno remitir al Congreso un proyecto de movilidad jubilatoria en concordancia con el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Cabe agregar por lo demás que en la Ley de Presupuesto vigente se recomendó al PE que, finalizado el período de opción, vencido en diciembre de 2007, elévase un proyecto de ley referido a la movilidad de las prestaciones jubilatorias.
Sin embargo, haciendo caso omiso de ese contexto institucional, el Gobierno adoptó la decisión consignada, muy alejada de sus eslóganes sobre la política de integración social y bastante más próxima a una concepción económica conservadora, mas no, por cierto, de las prescripciones constitucionales.
En esta oportunidad tampoco se respetó el principio ético que debe establecer diferencias entre beneficiarios que aportaron regularmente durante toda su actividad laboral y quienes no lo hicieron pero han sido incorporados al sistema jubilatorio sin haber estado inscritos. Criterio que responde mejor a intereses políticos del poder público que al de igualdad de derechos constitucionales. Si la Presidenta resolviera disponer y remitir al Congreso un sistema de movilidad de haberes previsionales ello no ocurría antes de mediados de año, lo cual sí podría ser herramienta proselitista para la campaña electoral que debe preceder a las elecciones legislativas de 2009. Entretanto, la canasta básica establecida por el cuestionado Indec supera largamente la jubilación mínima que se ubicará en julio en $ 689.
Los aumentos decretados no se corresponden por otra parte con el nivel general conocido hasta el momento de demandas salariales, mientras el ministro de Trabajo, Carlos Tomada y el secretario General de la CGT, Hugo Moyano, de pública identificación con el gobierno, afirman que no hay topes para el debate de paritarias. También el titular de Economía, Martín Lousteau ha considerado que no debe ponerse límites.
Presentar el incremento jubilatorio como lo ha hecho el titular de Trabajo, sumando todos los aumentos desde la gestión del actual Gobierno sin la realidad inflacionaria cuyo disfraz estadístico ha provocado un alto grado de desconfianza, ha sido cuanto menos un error, si no una falacia. Sin duda, ello es posible por la incapacidad para la movilización de la clase pasiva, como lo hacen los docentes, los transportistas encabezados por la familia Moyano o tantos otros gremios con una concepción muy diferente de la declamada integración social.
Pero más grave aún que la realidad descripta es la reincidencia de una gestión pública que se caracteriza por el oportunismo en el respeto a la Constitución. Tan sólo ocasional y no en el caso de la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses), cuyos fondos se acaban de acrecentar por los traspasos de afiliaciones de administradoras privadas, pero se usan para otros fines cuando el poder político lo demanda.







