15 Febrero 2008 Seguir en 
Las estrechas vinculaciones de la Confederación General del Trabajo con el Gobierno nacional y la reciente reunión de la presidenta Cristina Kirchner con los directivos de la Central de Trabajadores Argentinos han dejado como testimonio fundamental que sigue sin resolverse la carencia de libertad sindical que afecta a la gran comunidad laboral.
Como se ha señalado aquí en múltiples ocasiones, en defensa del monopolio de la personería se afirma que existe libertad para afiliarse o no a un sindicato, pero lo que propugna el artículo 14 bis de la Constitución es la libertad de asociarse con la única condición de inscribirse en un registro. Es por ello que el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo advierte sobre esa situación y el organismo instó en junio de 2007 a otorgar personería a la CTA en las mismas condiciones que la CGT. Nuestra Constitución hace suyos además una serie de acuerdos internacionales entre cuyas garantías figuran los derechos básicos de la democracia sindical.
En la misma asamblea anual de la OIT la entonces candidata presidencial hizo una defensa de esa democracia pero en su diálogo con la CTA remitió la demanda al ministro de Trabajo, Carlos Tomada, quien oportunamente había comprometido con el organismo ginebrino tratar en una comisión de partes el problema planteado. Finalmente ese acuerdo no se produjo y la organización solicitante debió postergar un nuevo planteo para la próxima asamblea anual en Ginebra.
Con ligeras variantes la historia de largos años seguirá repitiéndose, y la CGT será la única central habilitada para la representación de los intereses específicos de los trabajadores. Pero el anacrónico régimen inspirado en sistemas autoritarios parece fortalecerse con motivo de la anunciada reorganización del Partido Justicialista, hasta el punto de pretenderse que sea parte de sus autoridades políticas como una suerte de rama sindical del peronismo histórico con hasta un tercio de congresales partidarios y uno de los altos cargos ejecutivos de la futura conducción justicialista. Esa pretensión de espacio político varía según la tendencia interna de la CGT, pero ninguna de ellas deja de sostener la identificación partidaria del llamado unicato gremial.
Bajo un sistema democrático y representativo, por más que el nivel de institucionalidad en diversos órdenes de la gestión pública esté cuestionado, la integración del órgano sindical excluyente, de por sí ilegítima, se agrava por el hecho de su identificación política monocolor.
En cuanto a los intereses de los trabajadores, afiliados o no, quedan fuertemente comprometidos con el poder político, como efectivamente está ocurriendo en las negociaciones informales y secretas que funcionarios del Gobierno mantienen con las dirigencias oficialistas para marcar líneas a las negociaciones de paritarias. Igualmente trascienden las concesiones de recursos estatales que perciben los gremialistas beneficiarios de esa relación, al precio de adherir públicamente, incluso en actos indisimulados, a los requerimientos electorales del poder benefactor.
Mientras haya un unicato sindical de raíz fascista, sus dirigentes tienen éticamente vedada la identificación partidaria del gremio que representan. En la democracia genuinamente representativa y pluralista, esa identificación no solo es posible sino legítima, pues los trabajadores pueden elegir al representante más afín a sus intereses. La comunidad laboral no debe ser sometida al juego falaz de la personería gremial como trampa de una personería jurídica que se limita al puro rótulo sin derechos específicos.
Como se ha señalado aquí en múltiples ocasiones, en defensa del monopolio de la personería se afirma que existe libertad para afiliarse o no a un sindicato, pero lo que propugna el artículo 14 bis de la Constitución es la libertad de asociarse con la única condición de inscribirse en un registro. Es por ello que el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo advierte sobre esa situación y el organismo instó en junio de 2007 a otorgar personería a la CTA en las mismas condiciones que la CGT. Nuestra Constitución hace suyos además una serie de acuerdos internacionales entre cuyas garantías figuran los derechos básicos de la democracia sindical.
En la misma asamblea anual de la OIT la entonces candidata presidencial hizo una defensa de esa democracia pero en su diálogo con la CTA remitió la demanda al ministro de Trabajo, Carlos Tomada, quien oportunamente había comprometido con el organismo ginebrino tratar en una comisión de partes el problema planteado. Finalmente ese acuerdo no se produjo y la organización solicitante debió postergar un nuevo planteo para la próxima asamblea anual en Ginebra.
Con ligeras variantes la historia de largos años seguirá repitiéndose, y la CGT será la única central habilitada para la representación de los intereses específicos de los trabajadores. Pero el anacrónico régimen inspirado en sistemas autoritarios parece fortalecerse con motivo de la anunciada reorganización del Partido Justicialista, hasta el punto de pretenderse que sea parte de sus autoridades políticas como una suerte de rama sindical del peronismo histórico con hasta un tercio de congresales partidarios y uno de los altos cargos ejecutivos de la futura conducción justicialista. Esa pretensión de espacio político varía según la tendencia interna de la CGT, pero ninguna de ellas deja de sostener la identificación partidaria del llamado unicato gremial.
Bajo un sistema democrático y representativo, por más que el nivel de institucionalidad en diversos órdenes de la gestión pública esté cuestionado, la integración del órgano sindical excluyente, de por sí ilegítima, se agrava por el hecho de su identificación política monocolor.
En cuanto a los intereses de los trabajadores, afiliados o no, quedan fuertemente comprometidos con el poder político, como efectivamente está ocurriendo en las negociaciones informales y secretas que funcionarios del Gobierno mantienen con las dirigencias oficialistas para marcar líneas a las negociaciones de paritarias. Igualmente trascienden las concesiones de recursos estatales que perciben los gremialistas beneficiarios de esa relación, al precio de adherir públicamente, incluso en actos indisimulados, a los requerimientos electorales del poder benefactor.
Mientras haya un unicato sindical de raíz fascista, sus dirigentes tienen éticamente vedada la identificación partidaria del gremio que representan. En la democracia genuinamente representativa y pluralista, esa identificación no solo es posible sino legítima, pues los trabajadores pueden elegir al representante más afín a sus intereses. La comunidad laboral no debe ser sometida al juego falaz de la personería gremial como trampa de una personería jurídica que se limita al puro rótulo sin derechos específicos.







