Buscan que la Anses fije cómo saldarán sus deudas los jueces

Estudian alternativas para los magistrados que no quieren tomar un crédito de la Caja. La Corte pretende que las diferencias previsionales para acceder al 82% móvil puedan saldarse por medio de cuotas mensuales.

UNA VENTANA HACIA EL RETIRO. En Tribunales aspiran a que la Nación dé facilidades para las jubilaciones. LA GACETA / JORGE OLMOS SGROSSO
UNA VENTANA HACIA EL RETIRO. En Tribunales aspiran a que la Nación dé facilidades para las jubilaciones. LA GACETA / JORGE OLMOS SGROSSO
27 Diciembre 2007
En la Corte Suprema de Justicia analizan una alternativa para aquellos magistrados que decidan no acceder a la línea de crédito habilitada por el Ejecutivo para saldar diferencias con la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) -por aportes previsionales adeudados-, de manera de poder gozar del beneficio del 82% móvil cuando se jubilen. En el alto tribunal buscan una variante a la condición exigida por el Gobierno para acceder a los préstamos blandos que concederá la Caja Popular de Ahorros: que los jueces inicien los trámites para jubilarse hasta el 31 de marzo.
En la Corte, el presidente, Antonio Gandur, trabajaba ayer en el borrador de una nota que dirigirá a la Anses, para que esta sea la que, en definitiva, fije la forma de pago con cada magistrado y funcionario en función de la deuda personal de cada uno.
La finalidad es que, una vez que sea determinado el plazo para la devolución, la Anses concrete directamente las correspondientes deducciones de los haberes jubilatorios (en el caso de los que decidan jubilarse) o de lo que perciban como sueldo aquellos que, aun estando en condiciones de retirarse, opten por continuar en el cargo. Esto último, porque, según nuestro orden constitucional, los magistrados permanecen en sus funciones mientras dure su buena conducta, razón por la que no se les puede poner un plazo de caducidad a sus designaciones.
Precisamente, la presentación de la Corte buscaría mostrar independencia respecto del término establecido por el Ejecutivo (31 de marzo) para que los jueces inicien el trámite jubilatorio y, como contrapartida, obtengan de la Caja un crédito personal de hasta 10 años de plazo de devolución, con bajas tasas de interés, para liquidar deudas con la Anses.
En el alto tribunal pretenden llegar a un acuerdo con la Anses para que los magistrados o funcionarios que le adeuden hasta $ 15.000 al organismo nacional puedan cancelar la diferencia en 36 cuotas. Para los que deban entre $ 15.000 y $ 30.000, serían 48 cuotas, y para los que adeuden más de $ 30.000, hasta 60 cuotas.

Muchos cambios
Las diferencias que los magistrados deben cubrir surgen del hecho de que, en julio de 1996, la Provincia transfirió a la Nación el sistema previsional. Desde entonces, cada vez que se producía un retiro, los haberes de quienes se jubilaban quedaban sujetos a un tope (unos $ 3.100). Con tal fin, quienes estaban en actividad aportaban en carácter previsional el 7% (si estaban en el sistema de capitalización) o el 11% (al sistema de reparto) tomando como base la suma tope, que variaba según la jerarquía del cargo.
El 1 de junio del año pasado, el gobernador, José Alperovich, y el entonces presidente, Néstor Kirchner, suscribieron un acta, por medio de la cual posibilitaron que magistrados y funcionarios judiciales pudieran acogerse a la Ley 24.018 (garantiza el 82% móvil en vez de un tope fijo), de la que gozan los jueces federales.
Como consecuencia, desde enero de 2006 a los magistrados y funcionarios incluidos en el anexo “A” del acta (comprende desde vocales de Corte hasta jueces de Paz) se les descuenta de sus haberes el 12% en concepto de aportes previsionales. No obstante, la Anses exige que ese ajuste se haga retroactivamente al 1 de agosto de 1996, porque desde entonces comenzó a regir el congelamiento (y la aplicación de un descuento de sólo el 7% o del 11% sobre el tope). Esa es la razón por la que se acumuló una diferencia porcentual, que la Anses pidió que sea saldada antes para que puedan gozar del 82% móvil. El otro requisito es que quienes estaban en el sistema de capitalización pasen al de reparto.

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