Mil quinientos "chicos malos"

El fallo de la Cámara de Casación Penal, que dice que no se puede detener a menores de 16 años, muestra que la sociedad no ha debatido un tema que urge desde hace años. Por Roberto Delgado, prosecretario de Redacción LA GACETA.

18 Diciembre 2007
No se puede detener a menores de 16 años. La sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal sorprendió al juez de Menores Raúl Ruiz. "Con este fallo quedamos atados de pies y manos", dijo el magistrado, que considera que la decisión judicial deja a los jueces sin armas "para tratar de rehabilitar y de reinsertar socialmente a un menor". Con ello hizo un reconocimiento grave: que el único elemento que se considera como herramienta válida para rehabilitación y reinserción es el encierro.
El fallo de la Cámara no debería sorprender a nadie. Ya estaba anticipado desde agosto, cuando se advirtió que la inminente resolución sobre el hábeas corpus presentado por la Fundación Sur en Buenos Aires iba a sentar jurisprudencia y ayudaría a definir la situación de unos 1.500 chicos detenidos en el país. Laura Rodríguez, de esa Fundación, dijo que no había datos ciertos de cuántos adolescentes están detenidos en los centros de menores, que la mayoría fueron atrapados por hurtos y que las instituciones funcionan, en los hechos, igual que las cárceles de adultos, "lo que constituye una violación de los derechos de los menores". Los camaristas, al dictar el fallo, destacaron que se priva de libertad a los adolescentes de modo desproporcionado, sin que exista un proceso penal.
Hasta ahí, los hechos que provocaron la inquietud del juez, y que asustarían a buena parte de la comunidad que suele sentirse incómoda ante la presencia de los "chicos malos" que generan problemas y asustan.
Pero... ¿realmente no hay elementos alternativos frente a una norma -la ley 22.278, que data de 1980, en tiempos de la dictadura- para buscar caminos de rehabilitación para los adolescentes que delinquen o que cometen robos menores? Entonces, ¿cómo es que otro juez encontró hace una semana esos elementos alternativos, en el caso del joven conductor de 19 años detenido por agredir con un palo a otro automovilista, tras una pelea? La comparación no debería hacerse, pero tampoco debería encerrarse en un mismo lugar a un chico que roba una cartera y a otro que asesina, y encerrarlos sin proceso. La comparación demuestra que sí hay alternativas. No se las busca, salvo casos excepcionales.
El Estado ha demorado todo el tiempo que llevamos en democracia en advertir estas falencias del régimen penal de menores, y esto muestra la contradicción básica de un sistema que se dice garantista pero que, en los hechos, no previó caminos que no sean la represión y el encierro para rehabilitar a quienes cometen infracciones o delitos. Tan luego a los menores que, en teoría, son más maleables y, con probabilidad, más puros que los adultos ya curtidos por la vida.
El juez Ruiz, es cierto, destacó que "debería generarse un profundo debate para encontrar la solución al problema". Pero ocurre que el debate no se produce nunca. No lo hicieron cuando se incendió el Instituto Roca, tampoco cuando se produjeron crímenes a manos de menores de edad, ni cuando se denunciaron los malos tratos que se daba a los chicos encerrados en esa institución que es -como parece desprenderse del fallo de la Cámara de Casación Penal- muy parecido a los otros centros de ese tipo del país.
No hay debate, porque ni los mismos jueces parecen saber cuáles son las alternativas, y porque a los funcionarios no les interesa buscarlas, para que esta sociedad sea menos temerosa y más equilibrada a la hora de hacer justicia.

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