Fue publicado ayer en el Boletín Oficial de la Nación, y por ende está vigente, el nuevo reglamento de la fusionada comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura. Como consecuencia, una de las primeras actuaciones a las que se aplicará la norma será la abierta contra cuatro miembros de la Cámara Nacional de Casación Penal: Alfredo Bisordi (preside el tribunal), Gustavo Hornos, Ana María Capolupo de Durañona y Vedia y Eduardo Riggi.
La normativa, que fue aprobada hace una semana por el plenario del Consejo por medio de la resolución (98/2007), preve plazos ciertos (se cuentan en función de los días hábiles judiciales) que en el anterior reglamento (el que imperó hasta el 17 de noviembre de 2006, fecha hasta la que la comisión de Acusación funcionó por separado de la de Disciplina) no existían.
Hasta noviembre, la comisión de Acusación intervenía en aquellos casos en que podía presentarse una causal que obligara a suspender a un magistrado y someterlo a un proceso de remoción. Mientras tanto, la de Disciplina sólo actuaba cuando, a lo sumo, podía corresponder la aplicación de una sanción disciplinaria.
Pero el año pasado, como consecuencia de la reestructuración del Consejo de la Magistratura que aprobó el Congreso de la Nación (pasó de 20 a 13 miembros), la dos comisiones fueron unificadas. Esto obligó a establecer un reglamento, que fijó el procedimiento que se debe seguir cuando un juez federal o nacional (de la Capital Federal) es denunciado.
En el caso de la denuncia contra los vocales de la Cámara de Casación Penal -por abogados querellantes en causas por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura militar-, el juez Luis María Cabral (uno de los nueve miembros de Disciplina y Acusación) actúa como miembro informante (antes se lo denominaba instructor). El dispondrá de las medidas que considere pertinentes durante la investigación preliminar, que deberá ser clausurada dentro de seis meses, aunque este plazo podrá ser prorrogado -por otro igual - si las circunstancias lo exigieran.
Los denunciados deberán ser notificados de que, dentro del plazo de 20 días, podrán ejercer su defensa por escrito, designar defensor y ofrecer pruebas.
Sólo si, como consecuencia de la investigación, hubiera motivos para suponer que incurrieron en alguna irregularidad se los citará a los magistrados sumariados para que comparezcan a dar explicaciones (descargo) ante la comisión de Disciplina y Acusación. Si en esa oportunidad ofrecieran alguna medida de prueba, les darán tres días de plazo para que formulen sus alegatos por escrito.
Tres opciones
Finalmente, Cabral (le asignaron el expediente por sorteo) tendrá 20 días para elaborar un dictamen y someterlo directamente a la consideración del pleno del Consejo de la Magistratura, formado por sus 13 miembros.
El juez informante tendrá tres opciones: sugerir el archivo de las actuaciones, una mera sanción disciplinaria o que los magistrados en cuestión sean suspendidos y sometidos a un proceso de destitución. Esto último, en caso de ser dispuesto, implicaría otro trámite, de otros seis meses, ante otro órgano: el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación.