27 Agosto 2005 Seguir en 
Hace un año, el Poder Ejecutivo Nacional remitió al Congreso el proyecto sobre un nuevo régimen regulador de los servicios públicos para todo el país, al que deberán ajustarse las empresas concesionarias y el Estado, sin que hasta el momento haya sido convertido en ley. Mientras tanto, las relaciones entre la mayoría de las compañías concesionarias y el Gobierno transcurren con un marco de incertidumbre que afecta las inversiones, en perjuicio del mantenimiento de la eficacia y el desarrollo sostenido de las prestaciones al servicio de los usuarios y el crecimiento de la economía. Seguramente que el ejemplo más elocuente de esa situación se ha dado en el sector de la energía, especialmente el gasífero, cuando se debió apelar a urgentes importaciones e, inclusive, a interrumpir las exportaciones a Chile, Brasil y Uruguay para evitar los cortes en el servicio interno. La circunstancia no debió constituir una sorpresa para las autoridades del sector, pues durante el anterior gobierno nacional, el ministro de Economía, Roberto Lavagna, advirtió acerca de los riesgos adoptando decisiones adecuadas que, sin embargo, fueron dejadas sin efecto por la Justicia, a pesar de que las empresas energéticas no invertían desde 1997.
Las nuevas autoridades gubernamentales, presionadas por la crisis política y social, sostuvieron que no era posible elevar las tarifas de los servicios en general y para fundar su posición descalificaron severamente el sistema de concesiones de la década anterior. El debate adquirió, así, un tono político y pudo pensarse, a la luz de no pocas expresiones oficiosas, que comenzarían a darse pasos atrás en el sistema de privatizaciones, promoviéndose el retorno de las empresas al área estatal. El caso más elocuente fue el del Correo Argentino, que el Gobierno retomó provisoriamente, pero que, al poco tiempo, resolvió su retorno definitivo al Estado. Posteriormente, el propio presidente Kirchner desautorizó la corriente estatizante, mas no por ello la normalización de los contratos avanzó lo necesario; por ello, el tema de las inversiones y las tarifas sin resolver forma parte de las relaciones con los organismos multilaterales de crédito, suscitando reservas sobre inseguridad jurídica entre los inversores.
No ha sido caprichosa, por cierto, la afirmación oficial de que los contratos de concesión no fueron adecuadamente fiscalizados por los organismos reguladores o de control a cargo del Estado. Algunos, inclusive, tuvieron fundados reparos. Pero la circunstancia evidencia una vez más la incapacidad estatal para actuar con eficiencia, especialmente cuando se advierte que la gran mayoría de esos entes reguladores fueron destinos del amiguismo político, antes que de especialistas de los ramos respectivos. El prolongado y cambiante debate donde se llegó a identificar los servicios con la soberanía antes que con las necesidades de los usuarios y el desarrollo de la economía, ha permitido que el problema de fondo, el de la calidad creciente para el desarrollo, se prolongue sin tiempo cierto. El Gobierno, ante la aproximación del tiempo electoral y su perentoria necesidad de ampliar su apoyo entre la sociedad, ha extendido sin plazo cierto la renegociación de los contratos más importantes, hasta el punto de que el sector petrolero muestra ahora un preocupante descenso de las reservas como consecuencia de la falta de adecuadas inversiones en exploración. A la vez, la pasividad del Congreso en el tema no sólo paraliza el proyecto sobre el marco regulatorio, sino que impide el análisis de nuevos contratos por falta de quórum, optando por la aprobación ficta -la sanción sin tratamiento- que se halla expresamente prohibida por el artículo 82 de la Constitución.
Las nuevas autoridades gubernamentales, presionadas por la crisis política y social, sostuvieron que no era posible elevar las tarifas de los servicios en general y para fundar su posición descalificaron severamente el sistema de concesiones de la década anterior. El debate adquirió, así, un tono político y pudo pensarse, a la luz de no pocas expresiones oficiosas, que comenzarían a darse pasos atrás en el sistema de privatizaciones, promoviéndose el retorno de las empresas al área estatal. El caso más elocuente fue el del Correo Argentino, que el Gobierno retomó provisoriamente, pero que, al poco tiempo, resolvió su retorno definitivo al Estado. Posteriormente, el propio presidente Kirchner desautorizó la corriente estatizante, mas no por ello la normalización de los contratos avanzó lo necesario; por ello, el tema de las inversiones y las tarifas sin resolver forma parte de las relaciones con los organismos multilaterales de crédito, suscitando reservas sobre inseguridad jurídica entre los inversores.
No ha sido caprichosa, por cierto, la afirmación oficial de que los contratos de concesión no fueron adecuadamente fiscalizados por los organismos reguladores o de control a cargo del Estado. Algunos, inclusive, tuvieron fundados reparos. Pero la circunstancia evidencia una vez más la incapacidad estatal para actuar con eficiencia, especialmente cuando se advierte que la gran mayoría de esos entes reguladores fueron destinos del amiguismo político, antes que de especialistas de los ramos respectivos. El prolongado y cambiante debate donde se llegó a identificar los servicios con la soberanía antes que con las necesidades de los usuarios y el desarrollo de la economía, ha permitido que el problema de fondo, el de la calidad creciente para el desarrollo, se prolongue sin tiempo cierto. El Gobierno, ante la aproximación del tiempo electoral y su perentoria necesidad de ampliar su apoyo entre la sociedad, ha extendido sin plazo cierto la renegociación de los contratos más importantes, hasta el punto de que el sector petrolero muestra ahora un preocupante descenso de las reservas como consecuencia de la falta de adecuadas inversiones en exploración. A la vez, la pasividad del Congreso en el tema no sólo paraliza el proyecto sobre el marco regulatorio, sino que impide el análisis de nuevos contratos por falta de quórum, optando por la aprobación ficta -la sanción sin tratamiento- que se halla expresamente prohibida por el artículo 82 de la Constitución.







