Resumen para apurados
- El Gobierno nacional reglamentó este lunes en Argentina el Fondo de Asistencia Laboral para el sector privado, reformando las indemnizaciones tras la ley aprobada en febrero.
- Financiado por empleadores privados, el fondo será recaudado por ARCA e invertido en activos nacionales avalados por la CNV. Las liquidaciones se pagarán en cinco días hábiles.
- Esta medida marca un cambio estructural clave en la reforma laboral de Argentina, buscando dar previsibilidad financiera a las empresas y agilizar los cobros de los despedidos.
El Gobierno nacional formalizó la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo que el Congreso de la Nación incorporó originalmente dentro de la reforma laboral aprobada a finales de febrero de este año. La puesta en marcha de la medida quedó oficializada este lunes 1º de junio mediante su publicación en el Boletín Oficial, consolidando un cambio estructural derivado de la Ley de Modernización Laboral que altera los esquemas tradicionales de indemnizaciones y obligaciones destinadas al personal registrado del sector privado.
De acuerdo con lo establecido en el decreto, la normativa fija las pautas precisas para la constitución, administración y canalización de los aportes de dichos fondos, detallando los procesos de declaración, inversión y uso de los recursos económicos. La regulación estipula de forma taxativa que el FAL funcionará bajo la responsabilidad de los empleadores de la actividad privada, quedando marginadas de este sistema tanto las relaciones laborales que el texto legal excluye expresamente como la totalidad de los vínculos contractuales del sector público.
Qué alcance tendrá el Fondo de Asistencia Laboral
El documento oficial señaló la conveniencia de canalizar los Fondos de Asistencia Laboral mediante vehículos de inversión colectiva que cuenten con el aval de la Comisión Nacional de Valores (CNV), entidad descentralizada dependiente del Ministerio de Economía. De este modo, la utilización de instrumentos como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros garantizará la división de los patrimonios, el destino específico de los fondos económicos y un control riguroso sobre todo el sistema.
Bajo este lineamiento, la normativa determinó la necesidad de especificar con exactitud cuáles serán las empresas alcanzadas, los mecanismos de inversión aprobados y las organizaciones autorizadas para gestionar dichos recursos. Asimismo, el texto legal estableció la obligación de fijar las condiciones de las cuentas individuales pertenecientes a cada empleador, junto con los trámites de inscripción que los dependientes requieren para gozar de los beneficios y la cobertura del nuevo Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
Cómo se pagarán las indemnizaciones
Respecto a la modalidad de pago de las indemnizaciones, la disposición determinó que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) asumirá la tarea de recaudar y derivar las contribuciones para incorporarlas al sistema de la seguridad social. Para asegurar que este proceso funcione correctamente, las empresas tendrán la obligación de registrar un código específico del fondo, denominado "ID FAL", el cual garantizará la asignación precisa de cada uno de los aportes económicos realizados.
Por otra parte, el texto normativo fijó los pasos obligatorios para liquidar los montos correspondientes a los trabajadores desvinculados. Una vez que se complete la presentación de la declaración pertinente, la entidad encargada de la gestión dispondrá de un tiempo límite de cinco días hábiles para efectuar la transferencia del dinero al beneficiario, bajo la condición estricta de volcar las inversiones del sistema únicamente en activos financieros que coticen y se emitan dentro del territorio de la República Argentina.








