En nuestro país, la Ley 26.727 vino a actualizar y proteger los derechos de miles de trabajadores rurales que, históricamente, enfrentaron condiciones de informalidad, discontinuidad laboral y escasa cobertura previsional de una actividad que genera un agotamiento prematuro de la vida.
Requisitos
El régimen previsional aplicable es el Sistema Integrado Previsional Argentino y los requisitos generales son:
Edad mínima: 57 años para las mujeres para los varones.
Años de servicios con aportes: 25 años como mínimo (5 años menos que en el régimen general).
En caso de no contar con los 25 años de aportes, pueden aplicarse años de aportes al régimen general, prorrateando el tiempo trabajado en cada uno.
Documentación esencial
Uno de los mayores desafíos del trabajador rural es demostrar los años trabajados, sobre todo en tareas temporarias o discontinuas. Para ello, se requiere:
Certificaciones de de servicios y remuneraciones emitidos por los empleadores.
Recibos de sueldo, boletas de pago, constancias de aportes (si los hubiere).
Nota adicional del empleador indicando si los servicios prestados antes de enero del 2013 fueron bajo el régimen agrario.
Aporte previsional adicional del 2% desde enero del 2013
Cuando parte del trabajo fue estacional o por temporadas, se deben elevar los tiempos de servicios prestados efectivamente para saber con certeza a cuantos años de aportes llegamos con las temporadas.
Es bastante común encontrarnos con trabajadores que prestaron servicios en el agro pero también, en algún momento de su vida laboral lo hicieron en una actividad de régimen general. En esos casos es fundamental realizar un prorrateo previo al inicio de años de edad y tiempo de servicios; ese cálculo nos dará como resultado la edad exacta y la cantidad de años de aportes necesarios para que ese trabajador en particular , pueda acceder a la jubilación ordinaria. Es fundamental que un profesional especialista en previsional realice la presentación del expediente en Anses de modo de hacer el seguimiento , control del reconocimiento de los años de aportes y de la liquidación.
Si no se llegan a completar los 25 años de servicios requeridos, existen herramientas como moratoria previsional (si se encuentra vigente).
Consideraciones finales
El trabajador agrario merece un acceso justo, digno y posible a su jubilación, reconociendo todos los años de aportes trabajados en esas condiciones. Por eso, es clave una intervención profesional especializada, que conozca tanto la normativa vigente como los criterios de Anses y la jurisprudencia.






