IA Generativa: cuando la piratería y el avasallamiento se confunden con la “creatividad” artificial

IA Generativa: cuando la piratería y el avasallamiento se confunden con la “creatividad” artificial
25 Mayo 2025

Por Alejandro Urueña - Ética e Inteligencia Artificial (IA) - Founder & CEO Clever Hans Diseño de Arquitectura y Soluciones en Inteligencia Artificial. Magister en Inteligencia Artificial.

Y María S. Taboada - Lingüista y Mg. en Psicología Social. Prof. de Lingüística General I y Política y Planificación Lingüísticas de la Fac. de Filosofía y Letras de la UNT.

El libro Hipnocracia puso en clara evidencia una de las problemáticas más acuciantes en relación al uso y a la identidad de los textos y producciones que se elaboran con IA o con el apoyo de la IA: el derecho de autor. En un artículo anterior referido a esa publicación, nos interrogábamos acerca de quién es realmente el autor, ya que el que figuraba como tal tuvo que revelar que el texto había sido construido por la IA. Llegábamos, incluso, a interrogarnos por un plural: quiénes son los autores, porque la IA recopila e integra toda la información que encuentra en la web sin hacer mención explícita de dónde la saca.

El concepto de autor, tal como lo entendemos actualmente, emerge ligado al desarrollo de la imprenta: es a la vez un reconocimiento de la identidad del creador y de la condición de trabajo de su proceso creativo, lo cual comporta su derecho a una remuneración. La imprenta instituye al libro en mercancía y genera un mercado económico cultural, del que se benefician no sólo el autor, sino empresas que convergen en su edición, distribución y difusión. Pero, a la vez, posibilita la divulgación de una producción cultural que pasa a formar parte del patrimonio de una comunidad social, sea ésta un país, un continente, grupos étnicos, etc. La problemática del derecho de autor es compleja y multidimensional. Otro aspecto central es el derecho a pensar y expresarse libremente, sin ser acallado o censurado por el sentido de las propias ideas. Si volvemos a Hipnocracia y a la IA, la apropiación de las ideas de otro es una forma de anonimización, de avasallamiento de la identidad autoral, con recursos tecnológicos de encubrimiento que desdibujan o minimizan la violencia del acto. Y en esa operación, se corre el riesgo de que las ideas originarias sean semánticamente aggiornadas o tergiversadas con otros fines.

Oportunidades y complicaciones

Europa se ha dado cuenta del impacto que la revolución tecnológica de la Inteligencia Artificial Generativa tiene sobre la problemática autoral. En el informe The development of generative artificial intelligence from a copyright perspective remarca que, a pesar de los recaudos que ya se han tomado respecto de la tecnologìa, la IA generativa (GenAI) abre un universo nuevo de desafíos y riesgos: “Últimamente, se les ha dotado (a la IA) de una nueva capacidad: los sistemas son actualmente competentes para producir escritos, representaciones gráficas y composiciones sonoras”. O sea, lo que se identifica como «el salto cualitativo de la IA hacia la intelección y la creación”, además de ofrecer infinitas otras oportunidades creativas, también trae complicaciones legales.

El continente, secularmente comprometido en el cuidado de su patrimonio cultural, enfrenta una tecnología que describen como una “caja negra” (es decir, algo que funciona bien, pero cuyo proceso interno es poco transparente). Esta inteligencia artificial está utilizando muchos contenidos protegidos por derechos de autor (material creado por personas que tienen el derecho exclusivo de usarlo), sin que sus dueños necesariamente lo sepan o autoricen.

Entonces, ¿cómo usa exactamente la GenAI estos materiales protegidos? ¿Y cómo pueden los autores defender su patrimonio creativo de los modos de apropiación (o robo?) de la IA?

Un avance son las tecnologías para identificar y etiquetar el contenido generado por máquinas (herramientas que permiten saber qué material ha creado una IA), algo que ayuda a los autores pero complica la vida a las máquinas. El dilema sobre la autoría abre otra inquietante pregunta: ¿qué importa más (el humano o la máquina), para qué y para quiénes?

El “blanqueo de datos”

Otra arista a considerar, que evidencia la complejidad múltiple del tema, es la creciente discusión sobre el llamado “blanqueo de datos” (data laundering), derivado del uso de excepciones legales para la minería de datos en investigaciones científicas, que posteriormente podrían ser aprovechadas de forma indebida para fines comerciales por parte de desarrolladores de inteligencia artificial. Este fenómeno se produce cuando datos, inicialmente recopilados bajo condiciones permisivas para fines científicos, son luego utilizados en contextos comerciales, generando un conflicto ético y legal que requiere atención urgente. Este aspecto muestra una dimensiòn que en el imaginario social sobre la idea de autor puede quedar desplazada: no sólo son autores los que escriben literatura y producen arte, sino los cientìficos que tienen un rol crucial en el desarrollo social, tecnológico y económico de un paìs. Pensemos, por ejemplo, qué consecuencias puede tener la apropiación, GenIA mediante, de la fórmula de una vacuna, su manipulación o su derivación para otros usos.

El reto es enorme: se trata de proteger ideas, identidades, creaciones, patrimonios culturales y científicos, respetar el derecho de sus autores y garantizar el reconocimiento económico de su producción. Se trata de pensarnos y validarnos como humanos y de diferenciar claramente las fronteras con la tecnología que opera sobre nuestras producciones, de las cuales forma parte. Resulta imperioso insistir, una vez más, que la IA no piensa, ni siente, aún cuando desde la metáfora de su misma designación se trate de confundir los hechos. Y esta apropiación de conceptos científicos (pensar, inferir, imaginar, sentir, redes neuronales, etc.) para adjudicarlos indistintamente a humanos y a la tecnología, no es científica; desde su ambigüedad atenta contra una de las condiciones básicas del discurso científico: su precisión y delimitación rigurosa. El uso y la transposición terminológica desde lo humano a lo tecnológico, sin establecer diferencias y con argumentos tales como “piensa de otra manera”, “son procesos diferentes de inferencia”, no es inocente. Habría que preguntarse aquí por el derecho de los científicos y del campo científico mismo. Si lo que hace la IA es diferente, entonces deberá crearse terminología original que lo especifique. De lo contrario, se trata de otra maniobra de avasallamiento de una de las claves de nuestro desarrollo humano: la ciencia.

Este artículo podría tener como interrogante final: ¿podremos conseguir que la IA respete las múltiples dimensiones de la creación humana y pague por lo que valen? Así enunciado, encubre el hecho de que la IA tiene creadores y dueños humanos, y una vez más diluye responsabilidades. Sería como preguntarse, hace 500 años, por la responsabilidad de la imprenta (la máquina impresora). El interrogante debe seguir el camino de quienes producen y dominan la tecnología, sus fines y límites.

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