La Corte revisa un fallo y revierte una multa contra Edet

La Corte revisa un fallo y revierte una multa contra Edet

Dejó sin efecto una multa de $5 millones contra la empresa distribuidora de energía.

La Corte revisa un fallo y revierte una multa contra Edet
22 Febrero 2024

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán falló a favor de EDET, dejando sin efecto la sentencia emitida por la Secretaría Contravencional del Centro Judicial Capital el pasado 27 de diciembre de 2022. Esa sentencia ratificaba una multa de $5 millones impuesta a EDET por la Dirección de Comercio Interior, debido a cortes masivos e intempestivos de suministro eléctrico ocurridos el 18 de diciembre de 2021 en la provincia de Tucumán.

EDET fue considerado responsable de infringir la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), específicamente los artículos 4 (deber de información), 8 bis (deber de trato digno) y 19 (respeto por las modalidades de prestación del servicio). Como consecuencia, en enero de 2022, la Dirección de Comercio Interior impuso las multas en cuestión. A pesar de que estas multas fueron inicialmente confirmadas por la Secretaría Contravencional del Centro Judicial Capital en diciembre de 2022, la Corte Suprema de Tucumán ha revocado esta decisión tras un recurso presentado por EDET.

El fallo de la Corte Suprema destaca que la fundamentación de la sentencia impugnada fue insuficiente, argumentando que las conclusiones sobre la presunta violación del artículo 19 de la Ley de Defensa del Consumidor carecían de un análisis técnico detallado de las causas y responsabilidades relacionadas con el incidente del 18 de diciembre de 2021. Según el fallo, la autoridad judicial omitió consideraciones relevantes y se basó en afirmaciones genéricas, sin un análisis circunstanciado del caso.

El voto del juez Leiva, respaldado por los jueces Estofan y Posse, concluye que una sentencia que carece de fundamentos suficientes es arbitraria y, por lo tanto, nula. En consecuencia, se ordena remitir el caso al tribunal correspondiente para que emita un nuevo fallo conforme a lo expuesto.

Sin embargo, es importante destacar que el fallo también aclara que esta decisión no anticipa el criterio ni influye en el contenido del nuevo fallo que se dicte. Por lo tanto, el asunto aún no está cerrado y las multas podrían ser confirmadas o revocadas en el futuro.



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