28 Junio 2002 Seguir en 
La Legislatura sancionó anoche la ley que permitirá la toma de un crédito del Banco Nación por $40 millones para la zafra, a través del sistema de warrants. La aprobación de la norma demandó horas de debate, pese a que el proyecto, elaborado por el interbloque de oposición, contaba con dictamen de las comisiones parlamentarias de Hacienda y Presupuesto y de Economía y Producción. Ahora, el otorgamiento o no del préstamo es una decisión que debe tomar la entidad financiera nacional.
El eje de la discusión estuvo centrado en la designación de la Caja Popular de Ahorros como agente fiduciario del fideicomiso financiero que se constituirá para la concreción del financiamiento. El legislador Gustavo Rojas Alcorta argumentó que la Caja no cumple con los requisitos que exige la ley 24.441 (que regula esta modalidad de administración de créditos). La defensa de la designación de la Caja Popular estuvo fundamentalmente a cargo del legislador Rubén Chebaia, coautor del proyecto que reemplazó a la propuesta original del Ejecutivo. Quedó establecido que este organismo autárquico de la provincia reglamentará la organización del fideicomiso y lo administrará, en los términos de la ley 24.441. De esta manera, quedó desestimada la participación del Banco del Tucumán en este proceso.
El costo total
Los costos totales de constitución y funcionamiento del fideicomiso -excepto impuestos nacionales, provinciales y comunales, e incluyendo los honorarios del fiduciario y del administrador-, no podrán superar el 2% del valor total de los títulos fiduciarios emitidos bajo ese sistema.
Si quedara un remanente del fideicomiso, será destinado en su totalidad al equipamiento e insumos del sector salud. Los contratos relacionados con la constitución de este esquema de financiamiento y los que se suscriban para el otorgamiento de los créditos estarán eximidos del pago del impuesto a los Sellos. Al momento de la cancelación del crédito, los beneficiarios deberán presentar un certificado de cumplimiento fiscal otorgado por Rentas. Del financiamiento total se destinará el 50% para la industria y el 50% para los cañeros, y el orden de prioridad se establecerá con el fin de preservar el precio del azúcar.
Las empresas interesadas deberán presentar un certificado de depósito emitido por las empresas autorizadas y contratos de maquila y de compra venta de caña.
La Caja administrará además un fondo asistencial -para la cobertura del período interzafra- que se integrará con una tasa del 3% anual sobre el monto del crédito acordado, que será debitada al momento de su otorgamiento.
El eje de la discusión estuvo centrado en la designación de la Caja Popular de Ahorros como agente fiduciario del fideicomiso financiero que se constituirá para la concreción del financiamiento. El legislador Gustavo Rojas Alcorta argumentó que la Caja no cumple con los requisitos que exige la ley 24.441 (que regula esta modalidad de administración de créditos). La defensa de la designación de la Caja Popular estuvo fundamentalmente a cargo del legislador Rubén Chebaia, coautor del proyecto que reemplazó a la propuesta original del Ejecutivo. Quedó establecido que este organismo autárquico de la provincia reglamentará la organización del fideicomiso y lo administrará, en los términos de la ley 24.441. De esta manera, quedó desestimada la participación del Banco del Tucumán en este proceso.
El costo total
Los costos totales de constitución y funcionamiento del fideicomiso -excepto impuestos nacionales, provinciales y comunales, e incluyendo los honorarios del fiduciario y del administrador-, no podrán superar el 2% del valor total de los títulos fiduciarios emitidos bajo ese sistema.
Si quedara un remanente del fideicomiso, será destinado en su totalidad al equipamiento e insumos del sector salud. Los contratos relacionados con la constitución de este esquema de financiamiento y los que se suscriban para el otorgamiento de los créditos estarán eximidos del pago del impuesto a los Sellos. Al momento de la cancelación del crédito, los beneficiarios deberán presentar un certificado de cumplimiento fiscal otorgado por Rentas. Del financiamiento total se destinará el 50% para la industria y el 50% para los cañeros, y el orden de prioridad se establecerá con el fin de preservar el precio del azúcar.
Las empresas interesadas deberán presentar un certificado de depósito emitido por las empresas autorizadas y contratos de maquila y de compra venta de caña.
La Caja administrará además un fondo asistencial -para la cobertura del período interzafra- que se integrará con una tasa del 3% anual sobre el monto del crédito acordado, que será debitada al momento de su otorgamiento.







