El ataque a la Corte no tiene razón, pero tampoco costo

El ataque a la Corte no tiene razón, pero tampoco costo

El ataque a la Corte no tiene razón, pero tampoco costo

Sólo 24 horas. No hizo falta mucho más para que la Historia mostrase que el rumbo del cuarto gobierno kirchnerista es trágico para la democracia. Durante la semana que acaba de terminar se evocó una fecha fundamental para la evolución política de la Argentina. En la víspera de ese día, el oficialismo escribíó una página más en la bitácora de sus desaciertos institucionales.

El viernes se cumplieron 111 años de la aprobación de la Ley Nacional 8.871, más conocida como Ley Sáenz Peña. Su sanción operó el 10 de febrero de 1912. “Una habitual confusión es que esta habría implantado en la Argentina el voto universal. Sin embargo, desde la aprobación de la Constitución Nacional y de las primeras leyes electorales que le siguieron, el derecho de sufragio fue siempre reconocido para los varones argentinos nativos o naturalizados de más de 18 años. Esta confusión se desprende de la distinción entre la existencia de un derecho y el ejercicio de ese mismo derecho, cosas bien diferentes”, explica Luciano De Privitellio, coautor de “Historia de las elecciones en la Argentina. 1805 – 2011” (El Ateneo, 2011, página 161).

Precisamente, la gran novedad que trae la ley de 1912, explica De Privitellio, “es que convirtió el derecho en derecho y obligación”. A la obligatoriedad legal del sufragio se suma otro aporte operativo, es tanto o más trascendente que el anterior: el voto, desde ese momento, es secreto.

“La habitación donde los electores pasan para encerrar su boleta en el sobre no puede tener más que una puerta utilizable: no debe tener ventanas y deberá ser iluminada artificialmente en caso necesario”, fija la Ley Sáenz Peña. El voto en el cuarto oscuro destierra las votaciones grupales y, sobre todo, conjura toda presión externa. “El elector no debe ser visto, pero tampoco él debe poder ver el exterior -explica De Privitellio-. Aislado, el hombre se convierte en puro ciudadano, más allá de su situación social y de las presiones y pasiones que podrían obturar su razón. El mito de la igualdad que sustenta la idea de la ciudadanía se convierte en práctica”.

La contribución a la democracia que hizo esta reforma electoral es inestimable. No amplia un derecho, porque ya existía: se ocupa de garantizar su goce efectivo. Esa garantía es la libertad: el ciudadano, en soledad, toma una decisión de entre varias posibles. Y lo hace no sólo a conciencia, sino con la tranquilidad de que no será perseguido por ello.

En el mismo Congreso de la Nación que 11 décadas antes había construido democracia, el kirchnerismo acaba de obrar de manera diametralmente opuesta.

Causales

Los jueces de la Nación no tienen derecho a analizar las causas a conciencia, ajustados a la ley, ni a fallar según las opciones que ofrece el derecho, sin presiones externas. Tienen que sentenciar lo que el kirchnerismo quiere. O de lo contrario, el oficialismo montará todo un aparato persecutorio en contra de la Justicia, con procesos carentes de toda razón legal.

Así fue ratificado el jueves 9, cuando la comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados declaró admisibles los expedientes con las denuncias mediante las cuales el cuarto gobierno “K” busca remover a la totalidad de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El planteo principal fue formulado por el presidente Alberto Fernández junto con 11 gobernadores peronistas. Su peso político es tal que los diputados justicialistas hicieron suyos esos argumentos y los transcribieron literalmente en la acusación que promoverán en el recinto de la Cámara Baja. ¿Qué objetan? Sustancialmente, cuatro pronunciamientos de la Corte.

El primer fallo es el que, a finales de 2021, declaró inconstitucional la reducción del Consejo de la Magistratura a 13 miembros. Ese órgano selecciona, sanciona y remueve a los jueces nació en 1997 con 20 miembros, mediante la Ley 24.937 impulsada por Cristina Kirchner. Ella misma propugnó su jibarización en 2006, mediante la Ley 26.080, con la que contradijo sus propios argumentos de pluralidad: esa norma fijó mayoría del poder político en la entidad.

El segundo fallo es el que, principios de 2022, le dijo al Senado, presidido por Cristina, que no se debe hacer fraude a la ley obrando sin buena fe. La Ley 24.937 dice que de los cuatro consejeros que sienta cada Cámara, corresponden dos a la mayoría, uno a la primera minoría y el cuarto a la segunda minoría. La Vicepresidenta, ante esto, dividió en dos el bloque del Frente de Todos para quedarse con los dos consejeros de la mayoría y también con el de la segunda minoría.

El tercer fallo data de 2017 y es la aplicación de la “Ley del 2x1” en favor de un represor de la última dictadura, Luis Muiña. Esto motivó que se votará por unanimidad una ley limitando ese beneficio y excluyendo a partir de ese año a los autores de crímenes de lesa humanidad.

El cuarto fallo es una medida cautelar que le ordena al Gobierno reponer parte del porcentaje de Coparticipación Federal de Impuestos que le arrebató a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para entregárselo enteramente a la provincia de Buenos Aires. La CABA nació en 1994 con un 1,4%. El macrismo lo elevó al 3,5% en 2016 cuando le transfirió la Policía Federal. Alberto Fernández lo redujo por decreto otra vez al 1,4% en 2020 (pero dejando la Policía Federal a cargo de la Ciudad). La Corte ordenó que, hasta tanto resuelva la cuestión de fondo, se debe depositarle a esa administración el 2,9% de la recaudación. Esa plata no sale de lo que se reparte entre las provincias, sino de la tajada impositiva con que se queda la Casa Rosada.

De la acusación del Presidente y los gobernadores surge, con claridad, que no hay mal desempeño de funciones por parte de los miembros de la Corte, ni tampoco la comisión de un delito, ni mucho menos la perpetración de un crimen común. Es decir, no se cumplen ninguna de las tres causales que el artículo 53 la Constitución Nacional prevé para remover a un juez.

¿Entonces? Entonces el cuarto gobierno kirchnerista quiere echar a los miembros del máximo estrado de la Nación, sencilla y peligrosamente, porque no le gusta el contenido de sus fallos.

Esquizofrenias

En una reciente mesa panel organizada por la Universidad de San Andrés (“Juicio Político a la Corte Suprema: perspectivas constitucionales”), la jurista María Angélica Gelli explicó el riesgo de que prospere el criterio reivindicado por el jefe de Estado y los mandatarios provinciales.

La constitucionalista explicó que, salvo que un pronunciamiento judicial derive en la comisión de un delito o evidencie ignorancia del derecho, el contenido de las sentencias jamás puede ser considerado “mal desempeño” de un magistrado. Por ende, no puede ser tomado como una causal para apartarlo de su cargo. “Si fuera válido que se juzgara a los jueces porque no les gusta el contenido de sus sentencias, entonces el Congreso se convertiría en una suerte de ‘cámara de casación política’ de los fallos. Es decir, tomaría una atribución de los jueces: no sólo dictaría las normas, sino que también diría cómo deben interpretarse y aplicarse”, esclareció Gelli.

La Constitucionalista formuló otra incongruencia en el embate del oficialismo: el juicio en torno de la coparticipación que el kirchnerismo le arrebató a la CABA para entregársela a la provincia de Buenos Aires no ha concluido. Se encuentra en trámite. El fallo que objetan el Presidente y los gobernadores del interior (esos que no recibieron ni un centavo más de lo quitado al distrito porteño) no es de fondo: es sólo una cautelar. Entonces, mal puede el jefe de Estado intervenir en ese asunto. Le está prohibido expresamente por el artículo 109 de la Constitución: “En ningún caso el presidente de la Nación puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas”.

Se hace evidente que al ataque “K” contra la Corte no le asiste ninguna razón legal. Peor aún: tampoco le asisten los números para aprobar en el recinto de la Cámara Baja una acusación que luego dirima el Senado. Para ello necesitaría los dos tercios de los diputados presentes y hoy ni siquiera cuenta con la mitad más uno de los 257 escaños. ¿Por qué insiste?

Porque la tentación de dominar y controlar al Poder Judicial es irrefrenable. Sobre todo después de que en diciembre el Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py condenara a la Vicepresidenta a seis años de prisión, en primera instancia, por administración fraudulenta.

El kirchnerismo en todos sus niveles (desde el presidente a los gobernadores, pasando por los parlamentarios) exhibe cabalmente su escasa vocación democrática. Porque no hay democracia si no hay Justicia independiente. Debiera saberlo mejor que nadie el peronismo, perseguido por los militares en los sucesivos golpes de Estado desde 1955. En esas dictaduras no hubo jueces de la Constitución que hicieran valer las garantías básicas de los ciudadanos. En rigor, hasta la propia Constitución dejaba de regir. Entonces abundaban la represión, los fusilamientos y las violaciones más pavorosas a los derechos humanos.

El cuarto gobierno “K” busca declarar “enemiga” a la Corte, por un lado, en el intento de desacreditarla públicamente. Por otro, en el esfuerzo de un “relato” según el cual no hubo corrupción durante la docena de años de sus tres gobiernos anteriores, sino que los líderes nacionales y populares son perseguidos por una “guerra judicial”: el “lawfare”. La esquizofrenia política es completa: el discurso oficialista declara que cualquier crítica es “destituyente”, mientras el accionar oficialista se enfoca en destituir a una Corte Suprema que no se arrodilla.

Conciencias

Hay una última razón por la cual el kirchnerismo, carente de razones legales y de números en el Congreso, avanza en su intento antidemocrático de asolar con la Corte. Concretamente, porque hasta ahora es muy escaso el costo político que pagan los oficialismos por arremeter contra la independencia del Poder Judicial. Lo expuso en la citada mesa de la Universidad de San Andrés el jurista Diego Botana. Él recordó que Carlos Menem fue reelecto en 1995, luego de aumentar a nueve el número de miembros de la Corte Suprema. Entre 2003 y 2006, Néstor Kirchner impulsó la destitución de buena parte de esos vocales de la Corte y, tras conseguir renuncias y remover jueces supremos en el Congreso, el kirchnerismo consiguió en 2007 la retener la Presidencia de la Nación en la persona de Cristina. “Esto es de enorme relevancia”, manifestó Botana. Si es mínimo el costo político por no respetar la independencia de los tribunales, “entonces cualquier gobernante puede llevarse puesta la Corte Suprema”, sintetizó.

La solución para semejante riesgo contra la democracia no está en la letra de la Constitución ni en el espíritu de la república, sino en la conciencia de los ciudadanos.

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