
Retenciones polémicas. La legitimidad de las facultades delegadas al Poder Ejecutivo (PE) para establecer cambios en las alícuotas de los derechos de exportación vuelve a ser motivo de discusión. Sin demasiadas aclaraciones se introdujo en el proyecto de Presupuesto 2023 presentado al Congreso, cuyo texto del artículo 96 establece: “Sustitúyese el noveno párrafo del artículo 52 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones, por el siguiente: “El Poder Ejecutivo Nacional podrá ejercer estas facultades hasta el 31 de diciembre de 2023”.
Entre los antecedentes que cuestionan la iniciativa, figura: os derechos de exportación están legislados y definidos en artículo 755 y siguientes del Código Aduanero (ley 22.415) junto a la Tasa de Estadística, regulada en el artículo 762. Las alícuotas aplicables así como la aplicación efectiva del tributo quedan libradas a lo que el PEN disponga. Esto plantearía la posible violación del “principio de reserva de ley”, en materia tributaria.







