Un paraguas jurídico contra embargos para provincias y para municipios

La Cámara Baja aprobó un proyecto por el que se declara la inembargabilidad de cuentas por default.

21 Noviembre 2004
En tiempos de definiciones acerca de la reestructuración de la deuda argentina, las 23 provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios del país están a un paso de obtener un paraguas jurídico para evitar posibles embargos judiciales por sus deudas en default.
La Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción a un proyecto de ley por el que busca proteger los fondos, valores y demás medios de financiamiento afectados a la ejecución presupuestaria frente a las demandas judiciales de los acreedores.
La iniciativa, según el diputado tucumano Roque Alvarez -coautor del proyecto-, surgió luego de que, en abril pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación no hizo lugar a la validez de una ley de inembargabilidad de los fondos públicos dictada por la provincia de Santa Fe frente a un reclamo de sus acreedores.
La falta de previsibilidad financiera también la sintieron otros distritos como Mendoza -en la renegociación de los bonos Aconcagua- y Entre Ríos -afronta unos 13.000 juicios por la emisión de los bonos Federales-.
En el caso de Tucumán, de acuerdo con las afirmaciones de Alvarez, la iniciativa cobra fuerza en virtud de dos situaciones que podrían desencadenar en serios problemas jurídicos y económicos: la demanda millonaria promovida por la ex concesionaria Aguas del Aconquija y la cesación de pago transitoria de los títulos de la deuda pública (Eurobonos), actualmente en un proceso de reestructuración de sus vencimientos.
Con la media sanción de Diputados, la protección contra embargos para las provincias y para los municipios tendrá que ser aprobada por el Senado. El proyecto se sustenta en el artículo 19 de la Ley nacional 24.642 (Presupuesto 1996) que, entre otros puntos, menciona que son inembargables aquellos fondos afectados a la ejecución presupuestaria del Estado.
De convertirse en ley, no podrán trabarse embargos preventivos contra las cuentas de las provincias y de los municipios. No obstante, aclaró el diputado Alvarez, frente a ejecuciones válidas firmes, los gobernadores y los intendentes deberán prever el pago de la condena en el ejercicio presupuestario siguiente.
Asimismo, se establecerá que ese pago deberá efectuarse con un estricto orden de antigüedad de las condenas. "La Cámara Baja intenta dar previsibilidad financiera a las provincias, evitando la paralización de recursos presupuestarios", resaltó Alvarez.

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