

El Gobierno nacional decidió extender por decreto la Ley 26.970 de moratoria previsional que iba a caducar el próximo 22 de julio. ¿Qué efectos causará la prórroga? La ley en sí no será modificada, por lo que sigue siendo una normativa con aplicación exclusiva para mujeres, que podrán hacer uso de ella en caso de no contar con los 30 años de aportes. El monto representativo a los aportes no realizados se descontarán de la misma jubilación, una vez otorgada.
Para poder acceder a la utilización de la ley es preciso contar con los 60 años de edad cumplidos y tener menos de 65 años. Pero, la mayor complicación que tiene la ley hoy es que sólo se pueden completar los años de aportes entre los 18 años de la mujer y el 31 de diciembre de 2003.
Esta limitación hace que muchas mujeres que no cuentan con los años de aportes no puedan hacer uso, dado que si en este año, 2022, están cumpliendo los 60, sólo podrían completar entre 23 y 24 años de los 30 necesarios.
Por ello, más allá de la extensión de la vigencia de la Ley 26.970 es fundamental analizar cada caso en particular, y tomar en cuenta los aportes posteriores al año 2003 (de hecho muchas mujeres que se adelantaron a la situación están haciendo aportes al monotributo desde hace algunos años, los cuales servirían para completar los 30 de aportes); por otro lado considerar si la persona tiene hijos, ya que por cada uno de ellos se reconocerá un año más de aportes, pudiendo sumar más si tuviese hijos adoptivos, con discapacidad y/o si hubiese percibido asignación universal por hijo en algún período.
Los aportes efectivos podrían ser en relación de dependencia o como monotributista, pero es imprescindible que los mismos sean posteriores al año 2003 para que puedan sumarse a los que se completan por moratoria, mas la cantidad de hijos, y de ese modo llegar a los 30 años exigidos para acceder a la jubilación ordinaria.
La extensión de la moratoria será hasta que el Congreso sancione una nueva ley, tal como lo dijo el Presidente de la Nación; y, precisamente, el proyecto que ya cuenta con media sanción del Senado contempla una extensión del plazo hasta el que se pueden completar los aportes, que sería diciembre de 2008; además de prever una modalidad de aportes desde unos 10 años antes de cumplir la edad jubilatoria. De modo que el esfuerzo sea compartido, tanto por el trabajador que a futuro completará aportes faltantes por moratoria, como por el Estado nacional poniendo a disposición la normativa que permita acceder a un plan de facilidades de pago para abonar los aportes que en la etapa activa no se realizaron.







