Carta de lectores I: Planta de tratamiento

Carta de lectores I: Planta de tratamiento

13 Enero 2022

He leído el Editorial de LA GACETA (4/1), “Conflicto por una planta de basura en Tafí del Valle”. Se define a un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) como un instrumento que permite la identificación y cuantificación de las consecuencias futuras de acciones antrópicas realizadas en una determinada zona geográfica. El conflicto legal que hoy existe con la planta de residuos urbanos de Tafí del Valle comenzó en 2017, cuando el Consejo Provincial de Economía y Ambiente (CPEA) y la Dirección de Medio Ambiente (DMA), aprobaron el EIA que presentó el municipio y le otorgaron el Apto Ambiental (Ap. A). El EIA contiene graves errores, falencias e inconsistencias que no fueron detectadas, ni tenidas en cuenta por el CPEA y la DMA. Lo revisé y los expuse mediante Nota 563-620-S-17, Expediente 708/630-S-17 y otros. Nunca fueron analizados y estudiados en profundidad. El error principal fue elegir para la instalación un sitio inadecuado ambientalmente. Si se hubiera analizado la documentación e investigado se hubiera detectado que: 1- forma parte del río La Puerta, que es un abanico aluvial, posee varios cauces y el agua puede cambiar de curso con facilidad.  2- en la zona de influencia hay humedales, con su biodiversidad y sus paisajes. 3- no se realizaron perfiles longitudinales ni transversales, ni estudios hidrológicos, ni geológicos y tampoco calicatas (pozos para observar el  subsuelo). 4- no se investigaron los historiales de los ríos. De hacerlo hubieran encontrado que el 24/12/67, la crecida del río Tafí se cobró la vida de 17 personas. En enero de 1987, el desborde del Blanquito, destruyó varias casas y hubo que evacuar a muchas personas. El 25/01/19, en otra crecida, el Tafí se llevó una vida. Puedo afirmar que el municipio tafinisto eligió el peor lugar para emplazar el proyecto. El talón de Aquiles de los EIA es que mal confeccionados pueden ser utilizados por las autoridades públicas o por grupos de interés para lograr por motivos extras ambientales. En resumen: el conflicto actual, tiene su origen en la serie de errores cometidos por el municipio, el CPEA y la DMA. La solución la dará la Justicia tucumana: si es favorable al medio ambiente servirá de jurisprudencia y hará ver que nos interesa, que lo protegemos y que no sólo lo declamamos en discursos, canciones folclóricas, ritos y fiestas costumbristas. Si es favorable al municipio servirá como antecedente para que cualquier vecino construya en áreas que le pertenecen a los ríos. Sobre lo edificado es probable que el municipio las haya construido antes del Ap. A., o mientras estaba en vigencia la medida cautelar (¿violó las leyes vigentes?). Cuando funcione, la planta impactará al valle, tal como lo hace la de El Mollar: malos olores, moscas, ratas, contaminación del agua y suelo, etc.  

Juan Francisco Segura

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