Extienden el plazo de la moratoria de Rentas: hasta cuándo es y cuál es el beneficio

En la nueva fecha podrán regularizarse las obligaciones tributarias vencidas y exigibles al 31 de agosto de 2021.

Dirección General de Rentas de la Provincia Dirección General de Rentas de la Provincia
05 Enero 2022

La Dirección General de Rentas de la Provincia comunicó una nueva prórroga para el acogimiento a la Moratoria Provincial. El nuevo plazo vencerá el 31 de enero de este año, a través del cual podrán regularizarse las obligaciones tributarias vencidas y exigibles al 31 de agosto de 2021 de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, CISI – Comunas Rurales-, a los Automotores y Rodados, Tasa al Uso Especial del Agua y la Tasa Retributiva de Servicios, incluyendo sus intereses, recargos y multas.

El acogimiento a la moratoria tiene como beneficio la reducción del 100% de los intereses devengados con anterioridad al 31 de diciembre de 2019. Asimismo se prevén las siguientes reducciones: 70% por pago al contado, 50% mediante pagos parciales y 60% mediante pagos parciales cuyos vencimientos operen hasta mayo de 2022, inclusive.

Desde el organismo recordaron que para acceder a la misma, es condición tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a partir del 1 de septiembre de 2021 hasta el momento del acogimiento al plan. Es decir, los anticipos 8-9-10-11 y 12/21 de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública y las cuotas 9-10- 11- 12/21 y 01/22 de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados.

En tanto, se informó que la modalidad para el acogimiento es únicamente a través de la página web de la DGR y mediante el uso de clave fiscal otorgada por la AFIP.

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