
La Corte Suprema de Justicia resolvió que la Anses debe ocuparse de devolverles a los jubilados lo descontado por Ganancias de las retroactividades surgidas de sentencias sobre reajustes de haberes. Y que, por lo tanto, los beneficiarios de esos fallos no deben recurrir a la AFIP a hacer un nuevo reclamo para la restitución del dinero. En la causa “Garay, Corina Elena c/ Anses s/ Reajustes varios”, los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti concluyeron que “no resulta razonable exigir a los recurrentes (por los jubilados que hacen juicios) que deduzcan dos planteos ante distintos organismos a fin de lograr idéntico reconocimiento, ya que no solo importa un arbitrario retraso en la declaración de derechos naturaleza alimentaria que cuentan con amparo constitucional, sino que trasunta un dispendio jurisdiccional que se opone a principios básicos de economía y concentración procesal”. Los jueces tuvieron en cuenta aspectos como la edad de las personas que hacen estos reclamos (en este caso en particular, se trata de una señora que tenía 88 años al momento de elevarse el recurso extraordinario para que la Corte considerara el tema). Esa condición de edad avanzada, señala la sentencia, implica “una clara presunción de fragilidad” incompatible con “pretensiones judiciales que implican dilatar irrazonablemente” la espera para que se cumplan los derechos. El juicio por reajuste de haberes hecho por Garay contra el Estado había comenzado en el año 2009. En 2013 la jubilada logró cobrar la sentencia que había obtenido a su favor y, según se señala en el fallo de la Corte, al pagarle el retroactivo correspondiente, la Anses, actuando como agente de retención de Ganancias, le descontó un monto equivalente a poco más de un 13%.







