Desde hoy, están prohibidos los actos oficiales que puedan promover la captación del voto

Desde hoy, están prohibidos los actos oficiales que puedan promover la captación del voto

Restan cinco plazos por vencer antes de las PASO del 12 de septiembre.

DÓNDE VOTO. Los tucumanos renuevan sus tres bancas en el Senado y cuatro escaños en la Cámara de Diputados. DÓNDE VOTO. Los tucumanos renuevan sus tres bancas en el Senado y cuatro escaños en la Cámara de Diputados.
18 Agosto 2021

Las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que definirán las candidaturas al Congreso Nacional por parte de los frentes y partidos políticos están a la vuelta de la esquina.

De hecho, hoy venció un nuevo plazo establecido en el cronograma fijado por la Cámara Nacional Electoral (CNE), con miras a los comicios que se celebrarán en todo el país el 12 de septiembre.

Según se había determinado, a partir del 18 de agosto rige el "comienzo de la prohibición de actos públicos susceptibles de promover la captación del sufragio" de cara a las internas.

Por un lado, la campaña electoral se inicia 50 días antes de la fecha de las elecciones, y finaliza 48 horas antes de la votación.

Sin embargo, el Código Electoral Nacional establece que "durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos, ni de las agrupaciones políticas por las que compiten".

"Queda prohibido durante los 25 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las PASO y de la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten", advierte la normativa vigente.

Además, estipula una dura sanción por el incumplimiento a esta prohibición. "Los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la (norma), serán pasibles de inhabilitación de uno a 10 años para el ejercicio de cargos públicos", consigna el Código Electoral.

De aquí a las PASO, además, quedan otros cinco plazos por vencer.

1) 23 de agosto: Fin de plazo para subsanar errores u omisiones existentes en el padrón (sólo enmienda de erratas u omisiones).

2) 2 de septiembre: Destrucción de los documentos cívicos de los ciudadanos fallecidos.

3) 4 de septiembre: Inicio de prohibición de publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales.

4) 10 de septiembre: Fin de la campaña electoral.

5) 10 de septiembre: Comienzo de la veda electoral.

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