
LA GACETA (28/06) publicó que el municipio de la Ciudad de La Cocha pretende poner en funcionamiento una planta productora de chacinados. Esta actividad se caracteriza por generar una alta contaminación orgánica, microbiana y bacteriológica. Tienen su origen en las operaciones de desangrado, depilación, despanzado, lavado y limpieza, etc., que afectan el agua, el suelo y el aire. Con relación al agua que se use, lo peor que puede suceder es que sea vertida cruda, sin tratar, al río San Ignacio u otros cursos de agua, como acequias, canales de desagüe, etc. Están también los residuos patogénicos que también deben ser tratados. Es por ello que este tipo de planta, previo a su funcionamiento, requiere la realización de estudios y evaluaciones especiales. En nuestra provincia es obligatorio contar con un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y el correspondiente Apto Ambiental. Estas exigencias son de carácter obligatorio y están contempladas en la Ley 6.253, el Decreto 2204-MP-91, la Resolución 116 (DCT y MA) y otros. El intendente de La Cocha y el Concejo Deliberante tienen la obligación de cumplir y hacer cumplir la legislación ambiental vigente. Aprovecho este espacio para solicitarle públicamente a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente que intervenga en este caso.
Juan Francisco Segura
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