Deuda tucumana en la lucha contra la corrupción

Deuda tucumana en la lucha contra la corrupción

15 Mayo 2021

El 10 de mayo de 2006, el Congreso de la Nación aprobó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción adoptada en Nueva York (Estados Unidos) el 31 de octubre de 2003. Se trata de uno de los acuerdos más relevantes a los que ha llegado la comunidad internacional para fomentar la transparencia y la integridad públicas, y de una plataforma de compromisos de inmenso valor para la solvencia de la institucionalidad democrática. El Estado argentino asumió mediante esta Convención la necesidad de promover la rendición de cuentas, la participación ciudadana y los principios de debida gestión de los asuntos y de los bienes estatales, equidad, responsabilidad e igualdad ante la ley.

El contenido de esta norma (Ley 26.097) funciona como una hoja de ruta y una medida para saber qué es lo que falta implementar para desarrollar una cultura anticorrupción.

Desde ese punto de vista, Tucumán acumula una deuda extraordinaria. Basta con repasar los artículos 7 a 12 para entender la entidad de las carencias, y por qué existen una percepción de impunidad generalizada y grandes dudas acerca de la capacidad de acción de las instituciones de control. Todo esto mancha al sistema republicano y daña la credibilidad de las autoridades, además de que sienta las condiciones para responsabilizar al Estado en los foros internacionales.

El establecimiento de las reglas anticorrupción depende de la voluntad política y beneficia, principalmente, a la dirigencia, pero choca contra el paradigma de un poder ilimitado. Ello surge de la primera medida que propone la Convención: mecanismos elementales para impedir abusos como el nepotismo y desalentar fenómenos tan nocivos como la empleomanía estatal. Esto implica un sistema de convocatoria, contratación, retención y promoción de empleados públicos basados en la eficiencia, la transparencia y el mérito.

Tucumán no sólo carece de concursos para el acceso a los cargos en la mayoría de las entidades públicas, sino que tampoco dispone de un régimen de control y exposición de la financiación de los partidos políticos. Es imposible saber de dónde surgen los fondos que los candidatos gastan de una manera ostentosa durante las elecciones provinciales. Ocurre que los balances que las fuerzas presentan en la Junta Electoral Provincial son meras formalidades exentas de fiscalización.

Otro de los capítulos que evidencia el atraso de la provincia en la legislación anticorrupción es la ausencia de leyes de acceso a la información y de ética públicas. La Convención postula la necesidad de incentivar la honestidad de la gestión estatal. Para que ello suceda hacen falta códigos de ética política y judicial, y un sistema de publicidad de las declaraciones juradas patrimoniales, que tampoco hay, pese a que en la Nación rige la obligación de exponer los bienes desde hace más de 20 años.

Esta síntesis de cuentas impagas muestra que Tucumán se está quedando muy lejos del mundo que eligió luchar contra la corrupción. La consecuencia de ese posicionamiento es que sólo 0,5% de las denuncias contra funcionarios que trascendieron entre 2005 y 2018 lograron una condena firme, según una investigación publicada hace tres años.

Este panorama debe ser revertido cuanto antes porque, como señala Transparencia Internacional en una guía para usar la Convención contra la Corrupción, la corrupción socava la democracia y el Estado de derecho; conduce a violaciones de los derechos humanos, distorsiona los mercados; merma la calidad de vida, y facilita la propagación de la delincuencia organizada, el terrorismo y otras amenazas a la seguridad ciudadana

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