“Los jueces no pueden ser apartados por el contenido de sus fallos”

“Los jueces no pueden ser apartados por el contenido de sus fallos”

Bajo este argumento dos jueces rechazaron el pedido de recusación de un fiscal contra el magistrado Federico Moeykens.

“Los jueces no pueden ser apartados por el contenido de sus fallos”
29 Abril 2021

Los jueces Isabel Méndez y Rafael Macoritto, del Colegio de Jueces y Juezas Penales, rechazaron el pedido de recusación del Fiscal Diego Alejo López Ávila contra el Magistrado Federico Moeykens para que se lo aparte de una causa.  

Ayer, tras la audiencia ante el Tribunal de Impugnación mediante la cual el Juez Eudoro Albo no hizo lugar al recurso interpuesto por el Fiscal López Ávila y, en consecuencia, confirmó el fallo del Juez Federico Moeykens, tuvo lugar otra audiencia para tratar el pedido de recusación que el mencionado fiscal había solicitado para que se apartara al magistrado de la causa.

López Ávila recusó al mencionado juez tras que éste último declarara ilegal la aprehensión practicada por los vigías de la Guardia Urbana de Yerba Buena dos días después de sucedido el hecho. El principal argumento que utilizó el fiscal para intentar remover al magistrado fue que el mismo había faltado criterio de objetividad e imparcialidad a la hora de resolver.

Tras oír los fundamentos de López Ávila y referir al informe elevado por Moeykens conforme manda el procedimiento, los Jueces Méndez y Macoritto del Colegio de Jueces y Juezas de la Capital, basando su decisorio en otros antecedentes similares fallados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del máximo Tribunal local, rechazaron el planteo del representante del Ministerio Público Fiscal dejándole en claro que los magistrados no pueden ser apartados de una causa por el contenido de sus fallos o por lo que resuelven.

De aceptarse este criterio estaríamos frente a un sistema de “juez a la carta”, sostuvo Macoritto creándose así un serio riesgo a la seguridad jurídica de los procesos judiciales.

También puntualizaron que la resolución de Moeykens se ajustó a derecho destacando al mismo tiempo que el pensamiento de un juez no es causal para su apartamiento, salvo la facultad de inhibirse cuando crea que tal situación en relación al caso a decidir, es lo suficientemente fuerte como para generar el riesgo de pérdida de la objetividad, lo que en el caso nos ocupa no sucedió, destacaron.

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