Se renueva el cupo de U$S 200: las condiciones por las que alguien puede quedar excluido

Se renueva el cupo de U$S 200: las condiciones por las que alguien puede quedar excluido

Sólo algunos ahorristas podrán acceder al cupo de diciembre.

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01 Diciembre 2020

Los ahorristas habilitados para la compra de divisas pueden volver desde hoy a acceder al mercado cambiario para adquirir su cupo mensual de hasta U$S 200 del mes de dieicembre.

Quienes pueden seguir comprando dólares, siempre y cuando no cumplan con alguna de las condiciones de exclusión, son, por ejemplo, los jubilados, los empleados públicos y funcionarios, los rentistas, los importadores (aunque con trabas), los empleados y desempleados que no hayan cobrado una parte del salario de parte del Estado, los empleadores que no hayan recibido créditos al 24% y los monotributistas que no hayan sido otorgados un crédito a tasa cero ni, claro está, ningún plan o beneficio social por parte de Anses.

Las condiciones por las que alguien puede quedar excluido

Atp: A medida que se fue reiniciando la posibilidad de comprar dólares por home banking, más y más personas se fueron dando cuenta de que no podían acceder a divisas. La razón, hasta el momento inimaginada, es que son empleados de empresas que recibieron ayuda estatal para pagar salarios a través del programa ATP.

Beneficiarios de un plan o programa de Anses: La comunicación "A" 7105 del 15 de septiembre dejó excluidas del MULC a las personas que cobran planes sociales o programas de Anses caracterizadas como "ayuda social", como el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) o la Asignación Universal por Hijo (AUH). Por disposición del Central, no podrán abrir una caja de ahorros en moneda extranjera.

Personas sin ingresos declarados: También por la comunicación "A" 7105, el Central solicita a las entidades financieras que obtengan evidencia de la que surja que "el cliente posee ingresos y/o activos consistentes con el ahorro en moneda extranjera".

Cotitulares de cuentas bancarias: Esta comunicación también limita a quienes comparten cuenta. Si una de las personas que es titular hace uso del cupo de US$200, la otra o las otras ya no podrán adquirirlo. Además, si por esas compras se exceden los US$200, son descontados del cupo de los meses siguientes.

Quienes hayan refinanciado algún saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses: En la comunicación "A" 7106 se excluyeron a las personas que ingresaron a planes de refinanciación de saldos impagos de tarjetas de crédito. Cabe aclarar que, sea el monto que sea y aunque no hayan refinanciado el total, la prohibición corre igual.

Quienes hayan congelado las cuotas de sus créditos hipotecarios y prendarios UVA: En la misma comunicación (la "A" 7106) se excluyó a quienes estén incluidos en el artículo 2 del Decreto N° 319/20 no podrán, mientras dure el beneficio respecto a la actualización del valor de la cuota, acceder a la compra del dólar oficial.

Quienes hayan adquirido dólar "bolsa" en los 90 días anteriores: Cuando se compran dólares por home banking, se debe llenar una declaración jurada que da cuenta de que se dejó pasar el tiempo necesario o de que no se accedió al dólar "bolsa".

Dueños de pymes que hayan recibido créditos al 24%: Las empresas que hayan accedido a créditos al 24% (financiación pensada y ejecutada en el marco de la pandemia) están excluidas del MULC y así se lo hacen saber los bancos a través de la declaración jurada que hay que llenar cada vez que se quiere comprar dólares por home banking.

Monotributistas que hayan recibido créditos a tasa cero: Desde mayo pasado, los monotributistas que hayan accedido a los créditos a tasa cero no pueden acceder al MULC por al menos 18 meses.

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