Anses

Por María Inés Salvatierra, abogada previsional.
Ines.salvatierra@tucumangroup.com.ar
¿Ganaron o perdieron?
Luego de conocerse el aumento para el régimen previsional general que se otorgará en el mes de diciembre, la mayoría de los beneficiarios se preguntan si finalmente este año ganaron o perdieron dinero.
Más allá de los resultados finales y del porcentaje total de aumento otorgado durante el año 2020 (año por demás difícil por la situación que atravesamos como sociedad) y, comparado con el porcentaje que se debió haber aplicado por la fórmula de la ley en suspenso; se podría decir que este año dejaron de ganar… de hecho no perdieron porque sí tuvieron aumentos, pero podrían haber ganado más y hoy los haberes mínimos (el de mayor impacto por el universo al que abarca) habría sido un poco mayor. Siendo los haberes medios y máximos los más afectados.
Garantía Constitucional
La garantía de movilidad de las jubilaciones y pensiones se encuentra establecida en el art. 14 bis tercer párrafo de la Constitución Nacional y es el Poder Judicial de la Nación el encargado de controlar que efectivamente la misma se respete una vez interpuestas las demandas por este motivo. Anhelamos una justicia más ágil, que les brinde a los beneficiarios en el corto plazo, la solución que busca, reparando el daño económico que se les ocasionó.
Anses como organismo previsional
La Administración Nacional de la Seguridad Social fue creada en el año 1991, como organismo mediante el cual se tramitarían, otorgarían y pagarían prestaciones previsionales, subsidio por desempleo y asignaciones familiares.
Con el correr de los años, se fueron poniendo a cargo de Anses una multiplicidad de gestiones y pensiones no contributivas, sumando no sólo trabajo, sino además comprometiendo el presupuesto que en un principio estaba destinado exclusivamente para el pago y mejoras de los haberes de aquellos beneficiarios que habían contribuido al sistema o de los trabajadores por sus cargas de familia o que habían quedado sin empleo.
Recaudación y destino de los fondos
Con la desaparición de las ex AFJP, el presupuesto de la Administración Nacional de la Seguridad Social se incrementó en un 157%, producto del traspaso de los fondos que aquellas administraban y si bien es cierto, fue el punto de inflexión donde el sistema previsional comenzó a verse sobredimensionado, ya hacia unos años antes se había comenzado a incorporar el pago de planes asistenciales. En definitiva, con la recaudación previsional, se abonan hoy, no sólo los Beneficios previsionales, sino además las asistencias sociales.
Planes asistenciales
Es real también que nuestro país tiene un universo de habitantes sin coberturas prestacionales ni médico asistenciales y que por su edad o problemas de salud, necesitan contar con ingresos mensuales; pero podría pensarse en soluciones alternativas de origen de los fondos con los que se afrontarían su pago, de modo que no afecten la recaudación previsional, para que ésta sea efectivamente volcada al sistema, no sólo para abonar un haber previsional inicial importante, sino además, para poder otorgarles a los jubilados incrementos periódicos que acompañen el crecimiento de los índices de vida.
Beneficiarios que perciben haber mínimo
Llegamos al punto más sensible. Según datos oficiales, aproximadamente el 75% de los Beneficiarios del sistema cuentan con ingresos de alrededor del Haber mínimo previsional; como lo manifesté en la columna anterior, esto es lo que no está bien. No es justo que una persona que trabajó y aportó durante 30 o más de 30 años, tenga que resignarse a vivir con una haber a todas luces insuficiente.
Reforma previsional integral
Por ellos, por los Beneficiarios que se encuentran comprendidos en este grupo, urge una reforma previsional profunda, sustentable, que se pueda sostener en el largo plazo, que nos otorgue garantías y seguridad jurídica, no solo a quienes hoy están jubilados, sino a todos los trabajadores que destinamos parte de nuestros ingresos a nuestro futuro retiro, con la esperanzo de que llegado el mismo, podamos vivir con dignidad.







