
PUNTO DE INFLEXIÓN
En medio de una crisis inédita que mantiene en vilo a la ciudadanía, originados en hechos recientes, como la última sesión de Diputados de la Nación, el enfrentamiento del gobierno con la oposición, la decisión unilateral del oficialismo de continuar con las sesiones virtuales, entre otras, el martes próximo la Corte Suprema de la Nación debería resolver el caso de los jueces federales que el gobierno desea remover ante que dicten sus veredictos sobre casos de corrupción de empresarios y funcionarios del gobierno anterior. Mediante decisiones políticas de los últimos días, el Gobierno no ha logrado otra cosa que consolidar y aumentar la grieta de la sociedad sobre el rumbo que debe tener la Nación. Sin duda, ambas facciones de la grieta se inspiran en un impulso emotivo, orientado por sus creencias y visiones de la realidad política. A medida que se arroja más leña al fuego, éste tiende a hacer más profunda la brecha que los separa. Es hoy el momento en que alguna de las instituciones de la República ponga alguna cuota de racionalidad que le permita a la Nación continuar con normalidad y en paz su decurso histórico, haciendo que los que están de un lado y otro de la barrera que los separa, puedan ver algo de luz dentro de este laberinto por donde transitan. Es el caso en que la Corte Suprema de la Nación debe resolver con imparcialidad y objetividad la cuestión de los jueces federales que plantean la defensa de la inamovilidad y del principio del juez natural consagrados por la Constitución Nacional. Los jueces a quienes les corresponde resolver esta cuestión, pueden tener ideas, intereses o conceptos políticos en uno u otro sentido, pero el momento histórico les requiere que lo hagan inspirados en el derecho, vale decir, lo que dicen la Constitución, las leyes y los antecedentes jurisprudenciales y doctrinarios que ellos mismos en sus carreras han creado. La Corte Suprema de Justicia, como Tribunal institucional, se erige como máximo guardián de la Constitución Nacional, coincidiendo en esto el fin para el que fuera concebida.
José Luis Díaz Robín
jldiazrobin@gmail.com
CREMATORIOS
Todo parece una historia sin fin. Cada tantos años los intentos de instalar crematorios en zonas muy cercanas a centros poblados se repite. En los años 2000 fue cerca de Villa Carmela (Schonestatt). En 2016 hubo otro intento dentro del radio de la capital tucumana. Ya en 2020 aparece otro intento en la zona de San Pablo. El común denominador de estos emprendimientos es que la ciudadanía es la última que se entera incumpliendo así la necesaria transparencia que debería tener estos emprendimientos. Es decir, siempre faltó en todos ellos la necesaria licencia social. Sin duda, este método de eliminación de cadáveres existe en muchos lugares del mundo, pero también es cierto que el número de estudios sobre los riesgos potenciales derivados de las emisiones de un crematorio son pocos, e incluso inexistentes en muchas regiones del mundo como por ejemplo en España. Si bien existen tecnologías con hornos con tres cámaras que teóricamente aseguran que al final de la combustión sólo queda como residuo anhídrido carbónico y agua, lo cierto es que para poder cumplir con esos presupuestos se debe controlar y monitorear el proceso de quema mediante otra tecnología de análisis de gases y partículas. Algunos de los gases que se desprenden de los crematorios, tales como el dióxido de nitrógeno (NO2), el monóxido de carbono (CO), el dióxido de azufre (SO2) y los hidrocarburos aromáticos policíclicos, dioxinas y furanos, no se evalúan habitualmente. Hay que tener en cuenta que la dirección, arrastre y acumulación de contaminantes está condicionada en Tucumán por la topografía, velocidad y dirección de los vientos. Por lo tanto, nada debe ni puede hacerse sin rigurosos estudios técnicos y científicos. No se puede improvisar desde el sector privado o público en una provincia con alta densidad poblacional ni mucho menos obrar con la prepotencia económica de avanzar en obras sin los permisos necesarios, pues al final los costos sociales serán superiores a cualquier beneficio. Otras consideraciones que se deberán tener en cuenta son: Aplicación estricta del Principio de Precaución, definir zonas potenciales de instalación previos estudios demográficos y ambientales, estudio de modelo de dispersión de contaminantes (permite conocer la trayectoria teórica de un contaminante en función del clima), alejado de casas, escuelas, centros de atención de salud, cortinas forestales, entre otro. Por último, todo esto sucede pues ningún gobierno ha tomado en serio el tema del ordenamiento territorial y así cada uno se siente dueño de instalar emprendimientos en los lugares que se les ocurre en el falso nombre del progresismo cuando en realidad todo parece responder a consideraciones monetaria más que nada. Sin duda, un trabajo más para nuestros gobernantes y sobre todo para nuestros legisladores provinciales y nacionales.
Juan Antonio González
jajules54@gmail.com
LA RAZÓN CONSTITUCIONAL
“En el principio era el Verbo, y el Verbo era con Dios, y el Verbo era Dios”. Así comenzaba San Juan su evangelio, exaltando el Verbo, la palabra, como logos, como razón generatriz del universo. Del mismo modo el “Verbo”, como logos político germinal, es el origen de un Estado de Derecho, y se expresa su Constitución. La Constitución no es un mero instrumento, sino, un fin en sí misma, en tanto amojona de modo preciso el estrecho espacio dentro del cual el poder del gobierno se despliega con el único fin de garantizar la libertad de los ciudadanos, pues los derechos no son una entelequia universal, sino facultades naturales de cada sujeto individual que es, en definitiva, el que sufre, padece, se alegra, ama, nace, y muere. Por su parte el gobierno no debe entenderse como una abstracción, sino como una creación jurídica cuyas funciones son ejercidas por individuos a modo de mandatarios, es decir, como encargados de una voluntad ajena para cumplir una actividad dentro de terminados fines de los cuales no pueden excederse, y que los límites del mandato están dados por el logos fundacional de la sociedad política, es decir, por la Constitución. En este sentido, y siguiendo la teoría política más tradicional, el soberano es el pueblo, no el mandatario, por lo que, cuando el mandatario se excede en sus funciones, o lo hace en infracción a los términos del mandato, es responsable por los daños causados. Faltar a la palabra, como decían nuestros abuelos y nuestros padres, implica matar el lenguaje de la verdad, y un asesinato de la buena fe depositada en el otro, y en el caso del pacto político constitucional, un atentado a la República. La república, más allá de las lucubraciones trasnochadas de los teóricos, no es otra cosa que nuestra vida misma como ciudadanos, es esa “cosa” que nos hace reconocernos con el otro como formando parte de una misma patria, de una misma tierra, de un mismo “nosotros”. Esa es la razón por la cual la palabra fundante y creacional de la Constitución Nacional, y quizás la más fuerte de todas, sea “Nos”, es decir, no un colectivo amorfo, sino un conjunto de individuos que se reconocen como ciudadanos. ¿Por qué razón los políticos se esfuerzan en devastar el pacto republicano y anonadar a los ciudadanos? ¿Por qué esa vocación de los políticos de someternos como súbditos? ¿No tienen presenta, acaso, nuestros políticos que un 9 de julio de 1816 el Verbo se expresó diciendo “Nos … declaramos solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los violentos vínculos que los ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojado.”? Sepan bien los circunstanciales ciudadanos en ejercicio de las facultades de gobierno que se encuentran sujetos y sometidos a las leyes, y que siempre habrá República mientras exista un juez dispuesto a defender el derecho de los ciudadanos y quiera estar al servicio de la Constitución.
Jorge Horacio Bruzzone
drbruzzone@hotmail.com
PARROQUIA DE BELLA VISTA
El 22 del corriente mes cumplió 75 años la parroquia de Bella Vista. El auto de creación de la Parroquia fue dictado por el obispo Agustín Barrere en 1945 y dispone en su punto 2° erigir una nueva parroquia con sede en Bella Vista y con jurisdicción sobre los terrenos separados de las parroquias de Famaillá y de Lules. En su punto 4° dispuso que la nueva parroquia queda bajo la protección y título de San José, pasando la iglesia de Bella Vista al rango de Iglesia Parroquial con todos los derechos y privilegios de tal. En su punto 5° dispone que “el párroco de Bella Vista cuidará de celebrar las fiestas del titular con la solemnidad que los sagrados ritos le señalan, observando en todo lo demás las disposiciones de los cánones y de las leyes sinodales. El documento fue firmado por Agustín Barrere, obispo de Tucumán, y por Armando Tolosa de Basail como secretario. En la misma fecha el obispo designó como vicario ecónomo de dicha parroquia al presbítero Segundo Idelfonso Ferreyra, “a quien pondremos en posesión del cargo con las solemnidades prescriptas por Sínodo Diocesano el domingo 30 del corriente”. El presbítero Ferreyra nació en Leales el 1 de julio de 1907 y rezó su primera misa en San Pedro de Colalao el 19 de enero de 1930, cumpliendo tareas como vicario coadjutor en Tafi del Valle. En 1933 fue vicario cooperador de la parroquia de Monteros. En 1936 fue designado párroco de la iglesia de San Joaquín de Trancas. En 1945 fue nombrado primer párroco de Bella Vista hasta 1950, año que en el que fue designado vicario coadjutor de la parroquia de la Merced. El 27 de octubre de 1963 asistió en representación del obispo Juan Carlos Aramburu al acto de colocación de la piedra basal del edificio del colegio San José en Bella Vista. En el año 1978 el arzobispo Blas Victorio Conrero lo nombró vicario General de la Arquidiócesis. El 1 de septiembre, al tomarle el juramento canónico, el arzobispo lo calificó de “sacerdote ejemplar, prudente, buen consejero y en sus funciones apoyará la Iglesia con acción y fervor que demostró en sus sagrado ministerio”. Monseñor Ferreyra falleció en octubre de 1979. Ninguna calle de Bella Vista lleva el nombre de su primer párroco.
Manuel Roberto Valeros
San Lorenzo 1.185
San Miguel de Tucumán
EL COE Y LA CULTURA
Las atribuciones del COE desubican al ciudadano que trabaja en distintos sectores del comercio y la cultura, como así también de la medicina. No tiene en cuenta a los sectores más vulnerables desde el ámbito laboral. Quiero decirle a esa estructura independiente del gobierno, que impone y carece de sentido común sobre la población, produciendo crisis en algunos sectores. A 200 días de pandemia , comete errores a sabiendas sobre la actividad artística, que quedó dejo marginada y excluida de protocolo, sin que se hayan evaluado las consecuencias. Hay en Tucumán más de 5.000 artistas; quizás sea un dato menor y sin importancia que la mayoría sean independientes, pero merecen atención.
Carlos Rubén Ávila
rubenavila20@gmail.com







