La Corte Suprema de la Nación levantó la feria del Tribunal Oral Federal de Tucumán

La Corte Suprema de la Nación levantó la feria del Tribunal Oral Federal de Tucumán

El alto tribunal lo resolvió mediante el acuerdo 19/2020 que incluye a otras jurisdicciones del interior del país.

La Corte Suprema de la Nación levantó la feria del Tribunal Oral Federal de Tucumán
11 Junio 2020

Por decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se levanta la feria extraordinaria del Tribunal Oral Federal en Tucumán. Así lo dicta el acuerdo 19/2020, que establece volver a abrir las puertas normalmente en los tribunales orales.

Además de Tucumán, el alto tribunal dispuso levantar la feria extraordinaria en otros tribunales de los distritos judiciales de Comodoro Rivadavia, Mendoza, Bahía Blanca, Córdoba, y Rosario. La decisión oficial tiene como fundamento la atención a la escasa o nula circulación del coronavirus.

Con esta medida, firmada ayer electrónicamente a última hora por los cinco miembros del tribunal, la Corte exceptúa de la feria extraordinaria a más distritos judiciales, que se suman así a los dispuestos el martes pasado, que involucraron juzgados y tribunales de las provincias de Corrientes, Mendoza, San Luis, San Juan, Córdoba, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

La medida implica que en el sur del país volverán a la actividad los tribunales orales federales de Tierra del Fuego, Santa Cruz, Comodoro Rivadavia y el juzgado federal de Ushuaia. En lo que respecta al distrito judicial Mendoza, se levantará la inactividad de la Cámara de Apelaciones, de los tribunales orales de San Juan y San Luis y de los tres juzgados federales de Mendoza.

En cuanto a la jurisdicción Bahía Blanca, volverá a la actividad el juzgado federal de Santa Rosa, La Pampa, y en el distrito Córdoba se habilitarán el tribunal oral criminal de La Rioja y el juzgado federal de San Francisco.

La Corte recordó en su acordada que “las funciones y tareas que se incorporen deberán llevarse a cabo siempre en base a la situación epidemiológica de cada jurisdicción o localidad y mediante el adecuado resguardo de la salud del personal del Poder Judicial de la Nación, de los profesionales, litigantes y de todas aquellas personas que concurran a los tribunales”.

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