Coronavirus: Qué pasa con los que no se aíslan

LAS FRECUENCIAS DE AEROLINEAS ARGENTINAS. LAS FRECUENCIAS DE AEROLINEAS ARGENTINAS.
14 Marzo 2020

En caso de una denuncia en contra de una persona por incumplimiento del aislamiento por coronavirus, se debería iniciar un proceso penal de inmediato y rápido. Así lo afirmaron ayer abogados penalistas al ser consultado por LA GACETA, respecto de las incidencias del decreto de necesidad y urgencia que amplía la emergencia sanitaria a un año en el país. “Se podrían tomar medidas, como la detención o la prisión preventiva, con el fin de asegurar el tratamiento”, coincidieron los especialistas.

El documento presidencial estableció el “aislamiento obligatorio” de manera preventiva durante 14 días para quienes cuenten con el diagnóstico por coronavirus; a quienes hayan arribado al país desde “zonas afectadas”; y para “casos sospechosos” o que hayan mantenido “contactos estrechos” con esas personas.

“El Poder Ejecutivo (PE) no tiene facultades, ni por decretos de necesidad y urgencia, para establecer delitos. Sólo lo puede hacer el Congreso Nacional. El decreto da instrucciones a funcionarios y otros agentes públicos, como médicos y docentes, a denunciar, ante dos delitos tipificados en el Código Penal”, remarcó Macario Santamarina.

El letrado hizo referencia al artículo 205, que “tutela como bien jurídico la salud pública y pena con prisión de seis meses a dos años a los que violaren las medidas establecidas por las autoridades para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. La segunda disposición es el 239, que castiga con hasta un año de prisión a quien desobedece a un funcionario.

Por su parte, el abogado Ernesto Baaclini afirmó: “se debe contemplar una detención y el alojamiento en un lugar preparado y adecuado para concretar el tratamiento”. “Hay que hacer cumplir con el aislamiento. Una vez que mejore la persona, se debe determinar la continuidad de la denuncia”, añadió.

El lunes se realizará una cumbre para definir el funcionamiento del sistema judicial provincial, como alternativa de prevención contra el coronavirus. Ese día se reunirán representantes de la Corte Suprema de Justicia y de los ministerios Público Fiscal y Pupilar y de la Defensa. En el encuentro se evaluarán distintas medidas: reducir la atención en los tribunales o declarar una mini feria judicial, entre otras.

1. Hay cuatro clases de aislados

Deberán permanecer aisladas durante 14 días los casos sospechosos, o sea, las personas que presenten fiebre y síntomas respiratorios y tengan historial de viaje reciente a zonas afectadas o hayan estado en contacto con casos confirmados o probables de Covid-19. La cuarentena también contempla, por supuesto, a quienes posean confirmación médica de haber contraído el virus y a los contactos estrechos de los dos grupos anteriores.

El aislamiento preventivo de extiende además a quienes arriben o hayan arribado al país en los últimos 14 días desde zonas afectadas.

2. Treinta días con menos aviones

El decreto dispuso la suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las zonas afectadas durante un mes. El Ministerio de Salud calificó como zonas afectadas por la pandemia de Covid-19 a todos los países de Europa y a Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China, e Irán.

Los operadores de medios de transporte, ya sean terrestres o aéreos, internacionales o nacionales, están obligados a cumplir las medidas sanitarias y las acciones preventivas. Las personas que arriben al países desde las zonas afectadas deben someterse a un examen médico para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar.

3. Puede haber denuncias penales

Las infracciones a las medidas previstas en el decreto pueden dar lugar a denuncias penales para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública. Así lo prevén los artículos 205 y 239 del Código Penal.

El artículo 205 establece multas que oscilan entre $ 5.000 y $ 100.000 cuando la propagación del virus se comete “por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo”, mientras que el 239 reprime con prisión de 15 días a un año, el que se resista o desobedezca a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones”.

4. Aerolíneas traerá a sus varados

Ante la suspensión temporaria de vuelos que conectan Argentina con destinos de riesgo, el Gobierno determinó que desde el martes 17 de marzo solo los aviones de Aerolíneas Argentinas podrán repatriar a quienes estén varados en el exterior por la pandemia del coronavirus.

A su vez, Aerolíneas informó ayer que mantendrá hasta el lunes 16 de marzo la actual programación a zonas de riesgo, mientras que los clientes podrán cancelar de vuelos desde el 17 de marzo al 10 de abril. “La empresa trabaja para cumplir con el compromiso de trasladar a los argentinos residentes que hubieran quedado en el exterior”, transmite el comunicado.

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