El hijo del ex legislador Brodersen no podrá manejar por seis meses

El joven no se presentó en Tránsito para realizar un curso de educación vial, que deben cumplir los infractores. Sanción ejemplificadora.

CAPTURA DE VIDEO. Leonel Brodersen (remera blanca) y su padre, cuando municipales le retuvieron la moto. CAPTURA DE VIDEO. Leonel Brodersen (remera blanca) y su padre, cuando municipales le retuvieron la moto.

Cruzó en rojo en cuatro esquinas, no llevaba casco y no tenía licencia para conducir la moto en la cual se desplazaba. En estas faltas había incurrido Leonel Brodersen, hijo del ex legislador del PRO Luis Brodersen, el miércoles 23 de octubre, según informó el municipio de San Miguel de Tucumán. A ello se le sumó que el infractor no se presentó en la Subsecretaría de Tránsito y Transporte Operativo Municipal para realizar el curso de seguridad vial que deben cumplir los multados, a pesar de haber sido notificado vía carta documento del Tribunal de Faltas Municipal. La misiva tampoco fue respondida por el joven de Aguilares.

Ante esto, el juez Marcos Alzabé, titular del juzgado, procedió a inhabilitarle la licencia por seis meses. Es decir, durante este periodo no podrá manejar ningún vehículo motorizado en todo el país. Esta decisión, que se hizo efectiva a través de una resolución de Enrique Romero, titular de la Subsecretaría, será usada como medida ejemplificadora en una provincia que tiene el mayor índice en el NOA de motociclistas muertos en accidentes de tránsito (el 67%, según la Dirección del Observatorio Vial de la Agencia Nacional de Seguridad Vial).

“Este chico es un eslabón más de los rebeldes viales. En el interior hay más rebeldía aún. Es normal ver cruzar las rutas a chicos de 12 a 13 años en motocicletas. En este caso particular, debe sentirse omnipotente a la hora de manejar, con el rango social o nivel cultural. Pero hay que aprender a vivir en comunidad, porque este tipo de hechos hacen que no solamente violen las normas, sino que atenten contra el bien común. No tienen conciencia de que pueden matar a alguien o dejarlo gravemente herido”, comentó Romero. A ello agregó que el abogado del joven, Carlos Correa, cuando fue a retirar la moto, le había asegurado que Brodersen cursaría la capacitación. Eso no se cumplió.

La inhabilitación fue comunicada a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que depende del Ministerio de Transporte de la Nación, cumpliendo de esa manera el procedimiento adecuado para que se cruce ese dato con municipios y provincias.

En la ciudad, según Romero, durante 2019 unas 60 personas fueron inhabilitadas para manejar vehículos por diferente tiempo. Y eso -resaltó- debería ser algo común en todos los municipios. Pero hay un problema, detectó: “en algunos controles de alcoholemia retienen el carnet, pero nos dimos cuenta de que algunos ciudadanos lo declaran perdido y van al municipio y obtienen otro. No hay comunicación inmediata de alcoholemia con el resto de los actores del Estado. El sistema debería funcionar mucho mejor”.

Por último, recordó el caso de un vocal de la Corte Suprema que estacionó su auto en un lugar prohibido (San Martín al 600) para hacer compras: “si alguien de esa envergadura viola las normas de tránsito, ejemplifica el dicho de que el pescado se pudre por la cabeza. Son malas referencias, son sinónimos de transgresión y privilegios, cuando deberían ser el faro. Estas situaciones son la antítesis de la teoría de la evolución de Darwin: el hombre va hacia el mono”.

¿Es legal?

La inhabilitación de la licencia de conducir es la medida más drástica y severa que se toma con respecto a un infractor a la Ley de Tránsito, opinó Jorge Rodríguez Robledo, abogado auxiliar en educación y seguridad vial. Y las razones para aplicarla son variadas: por alcoholemia positiva (“según la graduación de la sustancia en sangre será el tiempo en que se retendrá la licencia”) o después de procesos penales de causas que se inician por siniestros de tránsito en vías de circulación (“por homicidios culposos, cuando muere una persona, o cuando deviene del dolo eventual, sin intención de matar, pero bebió, mató y generó daño”).

Además, especificó que la Ley Nacional de Tránsito (la 24.449) tiene un capítulo que se llama “Sanciones”, en donde prevé que cuando alguien tiene faltas graves y recurrentes se le puede retener la licencia de conducir, al igual que el vehículo, y para recuperar la posibilidad de conducción también se le puede pedir que haga cursos específicos de educación vial.

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios