
REUNIÓN CONJUNTA. Legisladores escucharon a los redactores del proyecto. prensa legislatura

En exactamente un mes caduca el mandato de la actual composición del Poder Legislativo. Y según anunció el presidente subrogante del cuerpo, Fernando Juri (PJ), la intención de las autoridades es celebrar al menos una sesión más, que sería el próximo jueves, para terminar la gestión con una nueva reforma de impacto directo en los tribunales provinciales: el rediseño del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia (CPCyC).
El texto analizado por las comisiones de Asuntos Constitucionales, que preside Marcelo Caponio (PJ), y de Legislación General, a cargo de Roque Cativa (PJ), propone la puesta en vigencia de la nueva normativa a partir de agosto de 2020. Entonces quedará derogado el régimen actual, aprobado en 1991. Sólo se mantendrán los artículos relacionados al proceso en Familia, que serán objeto de una revisión posterior, por separado.
Con el impulso para renovar el CPCyC de Tucumán, la Legislatura da un segundo paso en las reformas tribunalicias. El primero fue el rediseño del Código Procesal Penal de la Provincia, que está siendo implementado en los tribunales de Concepción y que en 2020 deberá ser aplicado en toda la provincia.
“La sanción del nuevo Código Procesal Civil y Comercial va a permitir mayor prontitud en cuanto al justiciable y dará mayor calidad institucional. Seguramente, la normativa será incluida en el temario de la próxima sesión”, afirmó Juri, quien participó de la reunión conjunta de comisiones y luego presidió Labor Parlamentaria.
Ayer, en la sede de Muñecas 951, los redactores del nuevo CPCyC expusieron ante los legisladores de Asuntos Constitucionales y de Legislación General. Participaron Álvaro Pérez Ragone, asesor especializado en el tema; el representante del Colegio de Abogados, Pedro Cagna; el juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Jesús Abel Lafuente; y su par en lo Civil en Familia, María del Carmen Negro.
Caponio explicó que el rediseño tendrá impacto además en los fueros de Documentos y Locaciones y de Sucesiones. “El objetivo es darle las herramientas a la Justicia provincial para que preste un servicio rápido, con mayor transparencia y cercanía a la gente”, indicó. Detalló que la normativa bajo revisión regula sobre todo conflictos entre particulares, en los que no está involucrado el Estado, por temas como cobros de pesos, cheques “rebotados” e incumplimientos contractuales. “Estos procesos entre privados también sufren la mora del Poder Judicial. Un juicio por desalojo no puede tardar seis o siete años, y una sucesión no puede demorar décadas”, indicó. Estimó que, con el nuevo sistema, esos casos deberían llevar menos de un año para arribar a una sentencia. Y destacó, entre las novedades, la oralidad (con audiencias ante el juez) y la tecnología (con firma electrónica, subasta digital y otras herramientas). Además, Caponio marcó que serán necesarias inversiones edilicias y tareas de capacitación para los actores judiciales.
Claves del nuevo proceso civil y comercial
¿En qué fueros tendrá impacto?
El texto que rediseña el régimen vigente desde 1991 será aplicado en los fueros Civil y Comercial, Documentos y Locaciones y Sucesiones. Lo relativo a Familia permanecerá con la redacción actual, pero será reelaborado luego.
¿De qué tipo de casos se trata?
El Código Civil y Comercial de la Provincia regula procesos por conflictos entre privados, como cobros ejecutivos de pagarés o de cheques, contratos, desalojos, sucesiones y daños y perjuicios, entre otros.
¿Cuál será el principal cambio?
Uno de los ejes centrales del nuevo régimen será la oralidad del proceso, aunque permanecerán los registros por escrito en la formulación de demanda y en la contestación, en el dictado de la sentencia y en la eventual apelación.
¿Cuándo se comienza a aplicar?
La fecha establecida en el proyecto de ley es el 1 de agosto de 2020. En este tiempo, el Poder Judicial de Tucumán deberá adecuar sus estructuras (se necesitarán salas de audiencia), además de avanzar con capacitación.
¿Qué implica la “inmediación”?
La redacción del CPCyC de Tucumán vigente habilita al magistrado a delegar la tramitación de audiencias. En el nuevo régimen, el juez deberá estar presente en la celebración de todos los actos procesales del caso.
¿Qué es el impulso compartido?
Uno de los ejes será la introducción del impulso procesal compartido. Si bien las partes en litigio mantendrán sus potestades, se plantea que el servicio de justicia va de la mano con el dictado de sentencias en plazos razonables.
¿Y los planteos dilatorios?
El principio de “tolerancia cero a la mala fe procesal” apunta a establecer consecuencias jurídicas en caso de que, por ejemplo, se mienta en una contestación de demanda o se incluyan planteos dilatorios.
¿Será más “transparente”?
Los autores del proyecto sostienen que la celebración de audiencias ante el juez -es decir, la publicidad del proceso- permitirá dar un salto en cuanto a la transparencia. El magistrado incluso podrá dictar sentencia de modo verbal.
¿Qué tipos de proceso habrá?
Se reduce el número de procesos de conocimiento a tres: ordinario, sumario y especiales. Además, se generan incentivos para la conciliación judicial. Por otra parte, se incorpora el proceso monitorio para casos especiales.
¿Qué pasará con Familia?
Por lo pronto, el proyecto presentado por los legisladores Caponio, Valdez, Colombres Garmendia y Mendoza sólo mantiene en vigencia el texto del CPCyC de la Provincia en lo relativo a Familia, que será objeto de una futura reforma.
¿Qué otras novedades prevén?
En la Legislatura destacan que se incorporarán herramientas tecnológicas a los procesos, como la firma digital de expediente, la notificación electrónica e incluso la subasta electrónica como método de liquidación de bienes.
¿Se creará una nueva OGA?
Con la puesta en marcha del nuevo proceso civil se creó la Oficina de Gestión Administrativa, con el fin de aliviar de esa carga a los jueces. La reforma del CPCyC, por ahora, no prevé ese despacho, pero no se lo descarta.







