Heller y la actualidad de la Justicia tucumana

Heller y la actualidad de la Justicia tucumana

17 Marzo 2019

El acto de apertura del año judicial transcurrió sin cuestionamientos hacia el desempeño institucional ni menciones éticas: el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, Daniel Posse, se limitó a describir logros, algunos que llaman la atención en este tiempo, como la incorporación inicial de las notificaciones electrónicas, y a trazar el objetivo de la implementación de la reforma procesal penal, cambio que en definitiva implica la eliminación del expediente y la oralización de las investigaciones. En esa tónica general grisácea sobresalió la alusión al juez supremo Juan Heller, a quien Posse evocó a propósito de la inauguración del Palacio de Justicia, acontecimiento ocurrido hace ya 80 años. El actual jefe del alto tribunal compartió con los jueces, funcionarios y empleados presentes la hazaña de su antecesor en el cargo, que en sólo tres años llevó adelante la construcción de una obra fabulosa, que aún con sus achaques y abandono todavía jerarquiza el horizonte urbano de la capital.

La construcción del Palacio iba asociada a una mentalidad jurídica avanzada. Posse mismo subrayó el martes pasado la actualidad del pensamiento de Heller, su antecesor, al citar este fragmento de su autoría: “el habitante que acude a los Tribunales en amparo de sus derechos… busca obtener una parte decisiva de su reclamo por métodos racionales, procedimientos expeditivos y costas prudentes”. El jefe de la Corte añadió que esa demanda enunciada hace casi un siglo no había variado y que, por el contrario, era mayor que antes puesto que cada vez más ciudadanos tocaban la puerta de la Justicia.

El reconocimiento a la sabiduría de Heller puede ser complementado con la lectura de sus ideas sobre un tema tan contemporáneo como la oralidad, y la necesidad de reducir el papeleo burocrático que ahoga y recarga los procesos hasta extremos enfermizos. En un artículo titulado “La reforma judicial IV” que este diario publicó el 20 de junio de 1945, Heller ya destacaba la “ventaja indudable de la audiencia”: “se miente en ella menos desvergonzadamente que por escrito. La negativa de hechos manifiestos resulta más violenta”. El jurista añadía que la oralidad “es una imposición de la necesidad” en el fuero penal. “Las ideas de pena y delito andan siempre íntimamente asociadas, de manera que la sanción parece más eficaz cuanto más próxima es la infracción, lo que el juicio oral favorece y acerca”, expresaba en el texto mencionado. En suma, una verdad derivada de la lógica, que Tucumán ha pisoteado hasta el hartazgo. Recuérdese a modo de ejemplo lo sucedido con el crimen de Paulina Lebbos: el enjuiciamiento finalizado 13 años después de los hechos sólo pudo determinar responsabilidades vinculadas al encubrimiento de la investigación debida.

Pese a que las cualidades de la oralidad, y su contribución a la transparencia y a la celeridad son harto conocidas y divulgadas, Heller ya apuntaba que los tucumanos son reacios a la audiencia. “Nos falta aún mucho camino”, decía quizá sin comprender cómo el tiempo le daría la razón una y otra vez. El legendario presidente del alto tribunal apuntaba que esta modalidad restrictiva del engaño exigía estudios de retórica y capacidad jurídica para argumentar sin vueltas. “Somos remolones a la oralidad procesal”, insistía Heller. Y observaba que, sin embargo, en ese formato radica la posibilidad de conectar a los jueces con los ciudadanos a los que debe servir: “ese procedimiento público hace que el juez experimente de inmediato la repercusión social de su sentencia”. Vale la pena recordar estas enseñanzas ahora que, justamente, los Tribunales penales disponen de la oportunidad de realizar el tránsito demorado hacia la oralidad. Decía Heller que este salto tenía como contrapartida una intensificación de la vivencia de la justicia. En sus palabras, “el prestigio de la institución sale acrecentado”.

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