Tras un fallo, ediles de Yerba Buena definen autoridades

Tras un fallo, ediles de Yerba Buena definen autoridades

La Justicia le dio la razón al radical Aranda.

Concejo Yerba Buena Concejo Yerba Buena
21 Noviembre 2018

Finalmente, la Justicia se pronunció. Casi un año después de efectuado el planteo, dos camaristas tucumanos le dieron la razón al radical Rodolfo Aranda y a los concejales que, en diciembre del año pasado, se unieron para hacerlo asumir en el Concejo Deliberante de Yerba Buena. Ayer se conoció el fallo de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativa, integrada por los vocales Horacio Ricardo Castellanos y Juan Ricardo Acosta, quienes -primero- se declararon competentes para entender en la causa y -luego- no hicieron lugar a la acción de amparo que por aquel entonces había interpuesto el edil Benjamín Zelaya, entre otros. Tras conocerse el fallo, el presidente del Concejo, Héctor Aguirre, convocó para hoy, a las 11, a una sesión especial, en la que, según el orden del día, se elegirán las autoridades del cuerpo para el período 2018/2019.

En un escrito de 17 páginas, Castellanos (tuvo el primer lugar en el orden de votación) expuso que la decisión de los concejales Aguirre y Walter Aráoz -del peronismo- y Javier Jantus, Marcelo Rojas y José Macome -afines al intendente de esa ciudad, el radical Mariano Campero- de incorporar a Aranda “por la vía de una sesión preparatoria” encontraba sustento en la intención de asegurarse sus derechos políticos y los derechos de una parte del electorado yerbabuenense, que había emitido su voto a favor de la lista de Aranda pero se encontraba sin representación en ese parlamento desde septiembre de 2016. “En la hipótesis contraria a la razonabilidad, bastaría que los miembros del Concejo decidieran no dar quórum a las reuniones para impedir que un ciudadano elegido acceda a la función pública. Ello devendría en una actitud disvaliosa que ninguna convalidación puede obtener de parte del Poder Judicial”, escribió el camarista.

En otro párrafo, destacó que Zelaya y los otros demandantes (Maximiliano García, Lucas Cerúsico y Pedro Albornoz Piossek) son concejales electos y que, como tales, detentan una responsabilidad “ineludible” frente a la comunidad que los ha elegido. “Ello incluye su obligación de concurrir a sesiones y de desarrollar las faenas que les competen. No debiera ser necesario instar a un pronunciamiento judicial que los conmine a tal fin”, mencionó.

Una vieja historia

Durante un año, Aranda reclamó que le permitiesen asumir. El fallo de ayer no es el primer revés que la Sala I le asesta a la oposición en ese municipio: a principios de este año, Castellanos ya había rechazado una medida auspiciada por Zelaya para que quedase sin efecto esa sesión de diciembre.

En esa ocasión, Aguirre, Aráoz, Jantus, Rojas y Macome le tomaron juramento a Aranda en lo que llamaron una sesión preparatoria. Después, tras haberse constituido en un grupo de seis, votaron para que Aguirre fuera su nuevo presidente. Zelaya había ocupado la presidencia en 2017. Además de la negativa a que Aranda ingresara al cuerpo, se mostraba reticente a convocar a elecciones internas. El Concejo de Yerba Buena está compuesto por 10 miembros. Se necesita una mayoría de seis para obtener quórum. Más atrás todavía, en septiembre de 2017 los jueces Rodolfo Napoleón Novillo y Castellanos (Carlos Giovanniello había votado en disidencia) habían decidido hacer lugar a una acción de amparo que había interpuesto Aranda. Y le habían ordenado al Concejo que cesara en su omisión (”arbitraria e injustificada”) y verificara, en un determinado plazo, si el denunciante reunía las condiciones requeridas para ser concejal.

Los días transcurrieron y el órgano no efectuó las verificaciones ordenadas. Ese hecho fue recordado por Castellanos, en su fallo de este martes: “el período de sesiones correspondiente a 2017 concluyó sin que el Concejo haya cesado en la omisión antedicha”. Tras ese razonamiento, Castellanos se formuló en su escrito una pregunta a la que calificó de ineludible: “¿luce irrazonable recurrir al trámite de una sesión preparatoria a los fines de examinar los títulos de Aranda y tomarle juramento?”, escribió. “Estimo que no”, respondió, renglón seguido. El fundamento de la demanda interpuesta por Zelaya radicaba en que la mencionada sesión se había llevado a cabo sin el quórum mínimo necesario. En vez de darle la razón, Castellanos consideró que hubo una conducta tendiente a impedir el examen del título de un miembro electo sin ninguna causa que justifique ese accionar.

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