El presidente del Tribunal de Cuentas inició el trámite jubilatorio

El presidente del Tribunal de Cuentas inició el trámite jubilatorio

Terraf abrió un expediente ordinario en Anses.

17 Julio 2018

Miguel Chaibén Terraf, presidente del Tribunal de Cuentas (TC) de la Provincia, inició en marzo pasado los trámites ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para acogerse a la jubilación ordinaria, según consta en la web de la entidad previsional.

El contador público nacional llegó al organismo de contralor en diciembre de 1999, con acuerdo del Poder Legislativo. Cinco años más tarde, detalla el sitio oficial del TC, Terraf asumió la presidencia, debido al fallecimiento del entonces titular, Darío Domingo de Prada.

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La apertura del expediente ante la delegación de Anses en Yerba Buena no significa que el retiro al sector pasivo vaya a darse en lo inmediato. La documentación, de hecho, se encuentra bajo estudio en la casa central, en Buenos Aires, donde la Dirección de Asuntos Jurisdiccionales resolverá los pasos a seguir. En la web de Anses consta que la fecha del último estado (movimiento) registrado es del 6 de junio pasado, en el marco de una jubilación ordinaria enmarcada en el decreto nacional 109/76.

Además de Terraf, el Tribunal de Cuentas está completado por dos vocales: Sergio Díaz Ricci, quien también asumió en 1999, y Marcelo Vidal, quien llegó al ente de contralor en 2007, en reemplazo de Prada y con los sistemas previstos en la reforma de la Carta Magna de 2006, en la que además se le dio jerarquía constitucional al TC.

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En la Carta Magna

El Tribunal de Cuentas encabeza el capítulo segundo de la Constitución provincial, titulado “órganos de control”. El artículo 78 de la Carta Magna lo define como “el órgano de control externo y fiscalización del empleo de recursos y del patrimonio del Estado en los aspectos legales, presupuestarios, económicos, financieros y patrimoniales”. Agrega que “goza de plena independencia y autonomía funcional y de legitimación activa y pasiva en materia de su competencia”. Por ello, “dicta su propio reglamento de funcionamiento y de procedimientos para el ejercicio de sus facultades”. La norma aclara que incluso “los sujetos privados que perciban o administren fondos públicos están sujetos a la jurisdicción del Tribunal de Cuentas”.

El artículo 79 establece la composición del TC. “Se integra con tres vocales con título universitario de contador público nacional o de abogado, con un mínimo de 35 años de edad, 10 años de ejercicio profesional -computándose para ello tanto la actividad privada como pública-, y residencia inmediata de dos años en la provincia”.

El párrafo siguiente fija que la designación surge del Ejecutivo, con acuerdo de la Legislatura “por mayoría absoluta”. Así, de surgir una vacante, el gobernador Juan Manzur deberá proponer un nombre para luego aguardar la aprobación por parte del cuerpo legislativo. La remoción de los vocales del TC sólo es permitida mediante juicio político. Gozan de las prerrogativas, remuneraciones e incompatibilidades de los miembros de la Corte Suprema. Los vocales son inamovibles y permanecen en sus cargos mientras dure su buena conducta”, añade la Constitución.

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